Disposiciones generales. Consejería de Salud y Consumo. (2022/534-3)
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Cádiz, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de la salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma en la provincia de Cádiz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Extraordinario núm. 34 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y
Consumo en Cádiz, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se
adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de la salud pública en
Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma en
la provincia de Cádiz.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El día 18 de noviembre de 2022 se reunió el Comité Territorial de Alertas
de Salud Pública de Alto Impacto de la provincia de Cádiz, al objeto de informar sobre el
nivel y grado de la alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por
razón de salud pública para la contención de la COVID-19, previa evaluación del riesgo
sanitario y la proporcionalidad de la misma.
Segundo. Una vez examinados los datos epidemiológicos de incidencia acumulada
en los municipios de la provincia de Cádiz, el Comité Territorial de Alerta de Salud Pública
de Alto Impacto, previa evaluación del riesgo, según consta en acta de 18 de noviembre
de 2022, adopta por unanimidad lo siguiente:
«Mantener al Distrito Sanitario Bahía de Cádiz La Janda en el nivel de alerta 0 (según
la Orden de 7 de mayo de 2021).
Mantener al Distrito Sanitario Campo de Gibraltar Oeste en el nivel de alerta 0 (según
la Orden de 7 de mayo de 2021).
Mantener al Distrito Sanitario Campo de Gibraltar Este en nivel de alerta 0 (según la
Orden de 7 de mayo de 2021).
Mantener al Distrito Sanitario Jerez Costa Noroeste en el nivel de alerta 0 (según la
Orden de 7 de mayo de 2021).
Mantener al Distrito Sanitario Sierra de Cádiz en el nivel de alerta 0 (según la Orden
de 7 de mayo de 2021).»
A los anteriores antecedentes de hecho son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. El artículo 1 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas
Especiales en Materia de Salud Pública, dispone que al objeto de proteger la salud
pública y prevenir su pérdida o deterioro, las autoridades sanitarias de las distintas
administraciones públicas podrán, dentro del ámbito de sus competencias, adoptar las
medidas previstas en la misma cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o
necesidad. Asimismo, el artículo 3 de la citada Ley, para el caso específico del control de
las enfermedades transmisibles, recoge expresamente que la autoridad sanitaria, además
de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para
el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los
mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en
caso de riesgo transmisible.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272027

Primero. Esta Delegación Territorial de Salud y Consumo es competente para resolver el
presente procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Orden de la
Consejería de Salud y Familias, de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los niveles
de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud
pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma.