Autoridades y personal. Universidades. (2022/222-30)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca, en el marco de la estabilización de empleo temporal, proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de plazas de personal laboral (Grupo IV) y (Grupo I) en desarrollo de la oferta de empleo público aprobada en Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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7.4. Igualmente, en el contrato se establecerá el período de prueba establecido,
de conformidad con el artículo 22.5 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de
las Universidades Públicas de Andalucía. Superado satisfactoriamente, los interesados
adquirirán la condición de personal laboral fijo.
8. Tratamiento de protección de datos.
8.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que la UNIA, sita
en Calle Américo Vespucio, 2, Sevilla, es la responsable del tratamiento de los datos,
pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección
electrónica: dpo@unia.es
8.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la
presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la UNIA no cederá o comunicará
sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere
necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún
después de que hubiera cesado la relación con la UNIA, durante el tiempo que puedan
ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.
8.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de
Responsabilidad Proactiva, la UNIA garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y
organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la
naturaleza de los datos personales tratados.
8.4. En cualquier momento, las personas interesadas podrán ejercitar los derechos
de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad. Para ejercitar los
derechos se deberá presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando
cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la
fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara
mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que
acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de
considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer
una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
9. Norma final.
En coherencia con el valor de la igualdad de género asumida por la UNIA, todas las
denominaciones que en estas bases se efectúan en género masculino, cuando no hayan
sido sustituidas por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género
femenino.

Sevilla, 15 de noviembre de 2022.- El Rector, José Ignacio García Pérez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271702

Contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
Sr. Rector de la Universidad Internacional de Andalucía en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o, alternativamente, recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos
meses, según disponen los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.