3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/222-36)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la participación para Federaciones Provinciales de Asociaciones del Alumnado y de Asociaciones del Alumnado en Andalucía para el curso 2022/2023, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo) y de la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

página 18386/10

10.4. El escrito por el que se inste la iniciación de oficio deberá estar suficientemente
justificado, presentándose de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que
lo motiven y con antelación a la finalización del plazo de ejecución y de justificación
inicialmente concedido. En el plazo máximo de 15 días desde que el escrito haya tenido
entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, se notificará a la
persona o entidad interesada el acuerdo por el que se adopte la decisión de iniciar o no el
procedimiento. La denegación deberá motivarse expresamente.
10.5. La resolución de modificación será dictada y notificada en un plazo no superior
a dos meses, y siempre antes de finalizar el plazo que, en su caso, sea modificado. La
resolución se adoptará por el órgano concedente de la subvención tras la instrucción
del correspondiente procedimiento en el que, junto a la propuesta razonada del órgano
instructor, se acompañarán los informes pertinentes y las alegaciones que, en su caso,
hubiera presentado la persona o entidad beneficiaria.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
alternativamente, o recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el
acto, siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de este recurso de un
mes; o de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación.
Si optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Esta desestimación por silencio se producirá si
transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique resolución expresa.
Cádiz, 11 de octubre de 2022.- La Delegada, María Isabel Paredes Serrano.
ANEXO I
Entidades Solicitantes

2.175,90 €

2.175,90 €

100,00%

00271618

ASOCIACIÓN DEL ALUMNADO «CARPE DIEM» (IES FRANCISCO
PACHECO) DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA (CÁDIZ)

Presupuesto Subvención Porcentaje de
Aceptado
Concedida Subvención

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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