Autoridades y personal. Universidades. (2022/222-29)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan para su provisión por acceso libre mediante el sistema de concurso-oposición, plazas vacantes, en régimen laboral con carácter fijo, correspondientes a los Grupos I, II, III y IV del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse original
de la documentación que acredite su homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia.
c) Declaración Jurada o Promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas mediante
Sentencia Judicial firme.
d) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar
mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.
e) Certificado de aptitud de desempeño de la plaza. Atendiendo al turno de acceso al
proceso selectivo, deberá presentarse:
- Turno general: Las personas aspirantes que acceden por el turno general deberán
presentar certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas propias de la Escala expedido por el facultativo del Sistema
Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada o por cualquier otro
facultativo colegiado.
- Turno de discapacidad: Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual
o superior al 33% deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Junta de
Andalucía o de otras Administraciones Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar
las funciones de la categoría profesional en la que ha obtenido plaza. Los/as aspirantes
podrán optar por no adjuntar dicho certificado y, en ese caso, de haber sido reconocida la
discapacidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía, deberán autorizar al órgano gestor
de la presente convocatoria a solicitar la acreditación de los requisitos exigidos en este
punto a los órganos competentes en materia de servicios sociales de la Junta de Andalucía
a fin de que emitan el correspondiente certificado de aptitud. A estos efectos, se deberá
presentar debidamente cumplimentado el Anexo II a esta convocatoria, autorizando o
denegando la autorización a la Universidad de Sevilla para recabar dicha documentación.
Aquellas personas que, dentro del plazo indicado, salvo en los casos de fuerza mayor,
no presentasen la referida documentación o, del examen de la misma se dedujera que
carecen de alguno de los requisitos exigidos en las bases o anexos de esta convocatoria,
no podrán ser contratadas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad de su instancia.

10. Formalización de contratos.
Hasta tanto se formalice el contrato, la persona seleccionada no tendrá derecho a
percepción económica alguna.
10.1. Previamente a su contratación, las personas aspirantes deberán indicar si
ejercen en ese momento otra actividad profesional.
10.2. La fecha de efectos de iniciación de los contratos será la que se establezca en la
resolución de contratación, salvo lo dispuesto en la normativa que regula la compatibilidad.
10.3. Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se
produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria,
o concurra alguna causa que impida la formalización del contrato, el Rector requerirá del
Tribunal de Valoración la relación complementaria de personas aspirantes aprobadas,
para su posible contratación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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9. Oferta y petición de destinos.
Los destinos serán adjudicados conforme al orden establecido en la relación definitiva
de personas aspirantes que han obtenido plaza, una vez comprobado que reúnen los
requisitos exigidos tras la revisión de la documentación aportada, decayendo en su
derecho en caso contrario.