Autoridades y personal. Universidades. (2022/222-29)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan para su provisión por acceso libre mediante el sistema de concurso-oposición, plazas vacantes, en régimen laboral con carácter fijo, correspondientes a los Grupos I, II, III y IV del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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6. Desarrollo del proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso-oposición, valorándose hasta un total de
100 puntos de los cuales 35 puntos corresponden a la fase de concurso y 65 puntos a la
fase de oposición.
En la fase de oposición, las personas participantes deberán desarrollar el ejercicio
que se especifica en la base 6.1.3, el cual será valorado según lo establecido en la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271548

Previa convocatoria del/de la Presidente/a, se constituirá cada Tribunal de Valoración
con la asistencia obligada del/de la Presidente/a y del/de la Secretario/a y de la mitad, al
menos, de sus miembros Vocales. En esta sesión se adoptarán todas las decisiones que
correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El régimen de
posteriores reuniones y toma de decisiones será el regulado en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, cada Tribunal de Valoración
para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de
sus miembros, titulares o suplentes.
Los miembros del Tribunal de Valoración deben tener superior o igual nivel de
titulación a la requerida para concurrir a la convocatoria o pertenecer al mismo Grupo al
que pertenece la plaza convocada.
Los Tribunales de Valoración que actúen en estas pruebas tendrán el nivel
correspondiente entre los recogidos en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía (BOJA de 21 de abril).
En cualquier momento del proceso, los Tribunales de Valoración podrán requerir a las
personas aspirantes para que acrediten su personalidad, debiendo proponer la exclusión
de las mismas en el caso de que no fueran poseedora de la totalidad de los requisitos
exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia a la persona interesada.
El Presidente o Presidenta de los Tribunales de Valoración, adoptará las medidas
opor­tunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y
no deban ser leídos ante el Tribunal de Valoración, sean corregidos sin que se conozca la
identidad de los aspirantes.
Los Tribunales de Valoración adoptarán las medidas precisas, en aquellos casos
en que resulte necesario, para que las personas aspirantes con discapacidad gocen de
similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de las personas
participantes. En este sentido, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y
medios para su realización por las personas con discapacidad que lo soliciten.
Los Tribunales de Valoración podrán disponer la incorporación a sus trabajos de
personal asesor especialista en las funciones de las plazas convocadas, para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes. Este asesoramiento se limitará
al ejercicio de sus especialidades técnicas, exclusivamente colaborando con el Tribunal de
Valoración. La designación de tales asesores o asesoras deberá comunicarse al Rector
de la Universidad a fin de que sea formulada la oportuna Resolución de nombramiento.
Asimismo, los Tribunales de Valoración podrán nombrar personas colaboradoras
para las tareas internas de organización y vigilancia.
Los Tribunales de Valoración no podrán, en ningún caso, aprobar ni declarar que ha
superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas
por la presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo
establecido en esta base será nula de pleno derecho.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales de Valoración tendrán
su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, núm. 4, teléfono 954 551 071, y a
través de la dirección electrónica seleccionpaslaboral@us.es. Cada Tribunal de Valoración
dispondrá en esta sede, al menos de una persona, miembro o no del mismo, que atenderá
cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.