3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/222-33)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se delegan competencias en la persona titular de la Secretaría General.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

página 18416/2

En su virtud, en el ejercicio de las competencias que me han sido conferidas según
lo dispuesto en el artículo 14.7 del Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueban los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía, y en el ejercicio de la facultad
de delegación de competencias a que se refieren los artículos 101 y 108 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y los artículos 9 y 12 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

Primero. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General
de la Agencia en materia de personal.
a) La gestión de la información del Sistema de Información de Recursos Humanos de la
Junta de Andalucía, SirhUS, en materia de personal y nóminas y sus distintas incidencias,
así como confeccionar y aprobar la nómina mensual y las justificaciones que procedan,
y en su caso, retener haberes, así como tramitar las propuestas contables para su pago.
b) La incoación y la designación de persona instructora y, en su caso, de persona que
ejerza la secretaría, en los expedientes disciplinarios referidos a personal funcionario o
laboral por faltas graves o leves, así como la resolución de los expedientes disciplinarios
cuya sanción corresponda a faltas leves.
c) La declaración de excedencia, tanto del personal funcionario como laboral, en sus
distintas modalidades.
d) La declaración de servicios especiales, excepto en los supuestos contemplados en
los apartados b), i) y j) del artículo 87.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre (en lo sucesivo, Estatuto Básico del Empleado Público).
e) La declaración de la situación administrativa de servicios en otras Administraciones
Públicas.
f) La concesión del reingreso desde las situaciones administrativas o laborales con
derecho a reserva de puesto de trabajo.
g) La atribución del desempeño provisional de puestos de trabajo de igual o inferior
nivel, a que se refiere el artículo 27.3 y 4 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre.
h) Los traslados provisionales de personal funcionario por necesidades del servicio
contemplados en el artículo 27.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, así como la
propuesta a que hace referencia el apartado 1 del citado artículo.
i) El reconocimiento de trienios y servicios previos prestados en la Administración.
j) La declaración de jubilación forzosa, voluntaria y por incapacidad, así como la
prolongación de la permanencia en el servicio activo.
k) El reconocimiento del grado personal consolidado por el desempeño de puestos de
trabajo en la Administración de la Junta de Andalucía.
l) La concesión de permisos y licencias previstos en la legislación vigente que no
sean retribuidos, los permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y
laboral y por razón de violencia de género, el permiso para la realización de funciones
sindicales o de representación del personal, así como autorizar la bolsa de horas de libre
disposición y el sistema específico de jornada continuada.
m) La concesión de la jornada de trabajo reducida por nacimiento prematuro,
hospitalización de recién nacido o nacida, o por lactancia, o cuidado de hijo o hija menor
previstos en la legislación vigente, así como por razones de guarda legal o cuidado de
cónyuge o persona con quien conviva en análoga relación de afectividad a la conyugal, o
de un familiar hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.
n) La resolución de las permutas de destino cuando se produzcan entre el personal
de la Agencia.
ñ) La concesión y resolución del complemento de productividad del personal
funcionario y laboral, a propuesta del órgano directivo correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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