3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/222-48)
Orden de 9 de noviembre de 2022, por la que se implantan las Oficinas Fiscales de las Fiscalías Provinciales de Almería, Cádiz, Huelva y Jaén, y se aprueban inicialmente sus relaciones de puestos de trabajo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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judicial y fiscal en el ámbito territorial de Andalucía, en virtud de cuyo apartado séptimo,
el contenido, significado y extensión de las condiciones establecidas en esta orden se
adaptarán, interpretarán y aplicarán de acuerdo con los principios de dicho acuerdo.
Dicha negociación también da como fruto el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de
9 de abril de 2019, por el que se ratifica el Acuerdo de 27 de noviembre de 2018 de la
Mesa Sectorial de Negociación del Personal de la Administración Justicia, por el que
se mejoran las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración de
Justicia y se establece el programa para la aprobación de las oficinas judicial y fiscal y
sus modelos estructurales básicos en el ámbito territorial de Andalucía.

El artículo 521 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que la ordenación
del personal y su integración en las distintas unidades que conforman la estructura
de las oficinas judiciales (y fiscales, según la disposición adicional séptima de la Ley
Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre), se realizará a través de las relaciones de puestos
de trabajo. Por tanto, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial,
mediante esta orden se aprueban inicialmente las relaciones de puestos de trabajo de
las Oficinas Fiscales de las Fiscalías Provinciales de Almería, Cádiz, Huelva y Jaén, cuya
aprobación definitiva corresponde al Ministerio de Justicia, que sólo puede denegarla por
razones de legalidad.
La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública en la relación de
puestos de trabajo ha procedido a reordenar los efectivos de las actuales plantillas en su
integridad, manteniendo así el compromiso reiteradamente manifestado de no disminuir
los efectivos que las componen.
Asimismo, las relaciones iniciales de puestos de trabajo de las Oficinas Fiscales de
las Fiscalías Provinciales de Almería, Cádiz, Huelva y Jaén, introducen el nuevo sistema
de retribuciones que consolida el que fuera aprobado mediante el Acuerdo Marco entre la
Administración de la Junta de Andalucía y las Organizaciones Sindicales CC.OO. y UGT,
de 29 de julio de 2005, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario al servicio
de la Administración de Justicia en Andalucía, y el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 5
de febrero de 2008, por el que se aprueba el Acuerdo de 22 de enero de 2008, de la Mesa
Sectorial de Negociación de Justicia, por el que se modifican las retribuciones del personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia para el período 2008-2009, suscrito
por la entonces Consejería de Justicia y Administración Pública y las Organizaciones
Sindicales CSI-CSIF Andalucía, SPJ-USO Andalucía, FSP-UGT Andalucía y STAJ.
Estos acuerdos establecieron un complemento provisional específico hasta tanto se
fuera implantando la nueva oficina judicial y fiscal. El complemento específico de los
puestos genéricos que se relacionan en el Anexo II supone la consolidación de aquel
complemento provisional. En conclusión, con la aprobación de la relación de puestos de
trabajo quedarán consolidadas las retribuciones complementarias a las que se refiere la
disposición transitoria primera de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, respecto del personal funcionario
de los cuerpos generales al servicio de la Administración de Justicia.
Por otro lado, en desarrollo del artículo 27.2 del Decreto 1/2014, de 14 de enero, a
cada cuerpo de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia se le
asignan las tareas necesarias para el funcionamiento de la oficina fiscal, atribución que
se atiene a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y a las funciones de las
distintas unidades establecidas en los artículos 16 y siguientes del citado decreto.
Las Oficinas Fiscales objeto de esta orden se basan en un modelo organizativo
previsto en el Decreto 1/2014, de 14 de enero, y que responde a su vez al modelo
homogéneo fijado por la Fiscalía General del Estado. Se estructuran en torno a tres
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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