Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/222-4)
Orden de 14 de noviembre de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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Novena. Superación del procedimiento selectivo.
9.1. Aspirantes seleccionados en los procedimientos de turno general y de turno de
reserva de discapacidad.
Superarán este procedimiento y, por tanto, se declarará que han superado el proceso
selectivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, aquellos aspirantes que, ordenados
según la puntuación definitiva asignada les corresponda un número de orden igual o
inferior al número de plazas asignadas para cada uno de estos cuerpos, especialidad y,
en su caso, turno de ingreso.
Conforme a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 2271/2004, de 3 diciembre,
por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de los puestos de trabajo
de las personas con discapacidad, en el supuesto de que alguno de los aspirantes que se
presenten por la reserva de plazas para personas con discapacidad no obtuviese plaza
en la citada reserva, siendo, respecto a las plazas convocadas por el turno general por las
administraciones educativas en las que participe por el turno de reserva de discapacidad,
su puntuación total en el concurso de méritos superior a la obtenida por otros aspirantes
del sistema de turno general de su misma especialidad, este será incluido por su orden
de puntuación en el sistema de turno general.
9.2. Criterios de desempate.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 276/2007, de 23 de
febrero, en el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen
empates, estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que
estos aparezcan en el Anexo III de esta convocatoria.
2. Mayor puntuación en los subapartados del baremo de méritos por el orden en que
estos aparezcan en el Anexo III de esta convocatoria.
3. De resultar necesario se utilizará como último criterio de desempate el mayor
tiempo de experiencia en la especialidad por la que se participa, expresada en años,
meses y días.
9.3. Listas provisionales de seleccionados.
Aplicados los criterios de desempate, si proceden, se publicarán en la web de
la Consejería de Desarrollo Educativo y formación Profesional, la lista provisional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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cuerpo docente y especialidad, con indicación de las puntuaciones definitivas que les
correspondan por cada uno de los apartados y subapartados del correspondiente baremo
de méritos.
8.2. Contra las resoluciones con las listas de puntuaciones definitivas podrá
interponerse recurso de alzada ante el titular de la Dirección General del Profesorado
y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
8.3. Publicación del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
A efectos meramente informativos, el Ministerio de Educación y Formación Profesional
publicará en su página web, https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/
no-universitarios/oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html, el listado general de
las puntuaciones definitivas de todos los participantes, de acuerdo con la información
facilitada por las Administraciones educativas señaladas en el Anexo I, distribuidos por
cuerpo, especialidad y, en su caso, turno de ingreso. En el citado listado se señalará
el orden de peticiones realizado por cada uno de ellos a las plazas convocadas en las
Administraciones educativas antes citadas.
Dicha información estará disponible también en la página web de cada una de las
Administraciones educativas participantes, respecto a las especialidades que en cada
caso hayan convocado.