Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/222-4)
Orden de 14 de noviembre de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

página 18448/11

Segunda. Requisitos que han de reunir las personas aspirantes.
Para poder participar en el presente procedimiento selectivo, las personas aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1. Requisitos generales.
a) Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación el
Reglamento (UE) 492/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011,
relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión y el Real Decreto
240/2007, de 16 de febrero. En aplicación del artículo 5.2 del Real Decreto Ley 38/2020,
de 29 de diciembre, los nacionales del Reino Unido no podrán participar en los procesos
selectivos de personal funcionario de las Administraciones Públicas españolas.
Asimismo, podrán participar en procedimientos selectivos de esta naturaleza,
cualquiera que sea su nacionalidad, los familiares de un ciudadano de la Unión Europea
o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le
acompañen o se reúnan con él, que a continuación se relacionan:
- El cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del
vínculo matrimonial o divorcio.
- La pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en
un registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión
Europea o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo, y siempre que no se
haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado. Las
situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo
caso, incompatibles entre sí.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271670

- Decreto 406/2019, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de
Andalucía para 2019.
- Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de
Andalucía.
- Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y
se regula la selección de profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docente.
- Decreto 299/2002, de 10 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo
público en la Administración de la Junta de Andalucía de los nacionales de los demás
Estados miembros de la Unión Europea.
- Orden ECD/1058/2013, de 7 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/2645/2011,
de 23 de septiembre, por la que se establece la formación equivalente a la formación
pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una
titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de
máster.
- Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre, por la que se establece la formación
equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que
estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia no
pueden realizar los estudios de máster.
- Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos
para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio
de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato,
Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.
- Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión,
con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de
violencia de género y víctimas del terrorismo de las bolsas de trabajo docentes, así como
las bases aplicables al personal integrante de las mismas.