5. Anuncios. Diputaciones. (2022/222-93)
Anuncio de 27 de octubre de 2022, de la Diputación Provincial de Córdoba, sobre el acuerdo adoptado por el Pleno de la Diputación, aceptando la ampliación de la delegación de competencias acordada por el Ayuntamiento de Luque en materia de recaudación. (PP. 2715/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
DIPUTACIONES
Anuncio de 27 de octubre de 2022, de la Diputación Provincial de Córdoba,
sobre el acuerdo adoptado por el Pleno de la Diputación, aceptando la
ampliación de la delegación de competencias acordada por el Ayuntamiento de
Luque en materia de recaudación. (PP. 2715/2022).
Adoptado acuerdo por el Pleno del Ayuntamiento de Luque, en sesión ordinaria, de fecha
1 de agosto de 2022, sobre ampliación de la delegación de competencias recaudatorias
en favor de la Diputación Provincial de Córdoba, el Pleno de la Corporación Provincial,
con fecha 19 de octubre de 2022, ha aprobado el siguiente acuerdo que se transcribe a
continuación, para general conocimiento:

1. La delegación surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. La delegación tendrá una vigencia indefinida hasta su revocación por el
Ayuntamiento de Luque o la renuncia por parte de la Diputación Provincial de Córdoba.
3. La delegación de las facultades recaudatorias comprenderá, entre otras, las
siguientes funciones: determinar los plazos de cobro en período voluntario, practicar la
notificación de liquidaciones, emisión de documentos de cobro, gestión y contabilización
de ingresos, expedir las relaciones certificadas de deudores, dictar la providencia de
apremio y ejecución de bienes, resolución de expedientes de devolución de ingresos
indebidos, liquidar intereses de demora, acordar el aplazamiento y fraccionamiento de
las deudas, tramitación y resolución de los expedientes de crédito incobrables, resolución
de los recursos que se interpongan contra los actos de recaudación, así como las
actuaciones necesarias para la asistencia e información a los obligados al pago.
4. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos,
trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente, la
Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho
Público de la Diputación de Córdoba, así como a las determinaciones del correspondiente
Convenio de delegación.
5. De conformidad con las normas internas de distribución de competencias de
la Diputación Provincial, las facultades delegadas serán ejercidas por el Instituto de
Cooperación con la Hacienda Local, organismo dependiente de la misma.
6. Para el ejercicio de las funciones delegadas por parte de la administración
provincial se acuerda la correspondiente cesión de datos personales conforme a lo
previsto en la legislación vigente, debiendo contemplarse dicha cesión en el registro de
la actividad de tratamiento del Ayuntamiento. El I.C. Hacienda Local será responsable
de los tratamientos que pueda llevar a cabo sobre los datos personales cedidos para el
ejercicio de las funciones delegadas.
Segundo, Aprobar la actualización del Convenio de Cooperación conforme a la
redacción que acompaña al presente acuerdo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270649

Primero. Aceptar la ampliación de la delegación de competencias acordada por
el Pleno del Ayuntamiento de Luque, respecto a todas las facultades que en materia
de recaudación le confiere la legislación vigente al Ayuntamiento, referidas a las
autoliquidaciones y liquidaciones directas, sobre los tributos y otros ingresos públicos de
titularidad municipal, con el siguiente alcance y contenido: