5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/222-77)
Anuncio de 11 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por el que se inicia procedimiento de declaración de pérdida del derecho al cobro de determinadas ayudas concedidas al amparo de la Orden 27 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la ayuda en régimen de concurrencia no competitiva a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual, correspondiente a la línea 1 de la convocatoria aprobada por Orden de 1 de septiembre de 2020 (Boja núm. 174, de 8 de septiembre).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

página 18485/5

• Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.
• Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
• Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2020.
• Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2021.
Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones
específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022.
Por lo expuesto, vistos los antecedentes de hechos y fundamentos de derechos
relacionados, esta Delegación Territorial
ACUERDA
Primero. Iniciar procedimiento de pérdida del derecho al cobro total o parcial de las
ayudas destinadas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio
de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables
para atender el pago del alquiler de la vivienda habitual a las personas relacionadas en
los Anexos I y II adjuntos, por el importe y período subvencionado que se relaciona en el
mismo.
Segundo. Conceder a las personas relacionadas en los Anexos I y II adjuntos un
plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del
presente acuerdo, para que aleguen y presente los documentos y justificaciones que
estimen pertinentes.
Tercero. Ordenar la publicación de este acuerdo y sus Anexos I y II en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, y en la página web de la Consejería de Fomento, Articulación
del Territorio y Vivienda, accediendo al siguiente enlace
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21493.html
Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

00271723

Málaga, 11 de noviembre de 2022 .- La Delegada, Carmen Casero Navarro.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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