Autoridades y personal. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/221-5)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Viceconsejería, por la que se declara desierto el puesto de trabajo de libre designación convocado por Resolución de 6 de septiembre de 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Jueves, 17 de noviembre de 2022

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2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Viceconsejería, por la que
se declara desierto el puesto de trabajo de libre designación convocado por
Resolución de 6 de septiembre de 2022.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de
Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y el Decreto 56/1994, de 1 de
marzo, de atribución de competencias en materia de personal (Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía núm. 50, de 15 de abril), esta Viceconsejería, en virtud de las competencias
que tiene delegadas por Orden de 4 de febrero de 2020 (Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía núm. 29, de 12 de febrero de 2020), y habiéndose observado el procedimiento
debido, según lo establecido en el articulo 64.2 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de los/as funcionarios/as de la Administración
General de la Junta de Andalucía, acuerda declarar desierto el puesto de trabajo que
a continuación se indica, convocado por Resolución de esta Viceconsejería de 6 de
septiembre de 2022 (BOJA núm. 174, de 9 de septiembre de 2022).
A efectos de motivación se indica que habiendo recibido cinco solicitudes de
participación, se considera que ninguna de las personas candidatas resulta idónea al no
tener acreditada en la experiencia laboral ni haber desempeñado las funciones señaladas
para el puesto de trabajo y que hacen necesario contar con las mismas para el ejercicio
de los trabajos a realizar.
Por otra parte, uno de los candidatos ha presentado la renuncia a la solicitud del
puesto de trabajo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del presente acto, o interponer
directamente el recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este
orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación
de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00271625

Sevilla, 14 de noviembre de 2022.- El Viceconsejero, P.D. (Orden de 4.2.2020), Tomás
Burgos Gallego.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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