3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/220-68)
Orden de 9 de noviembre de 2022, por la que se aprueban los precios públicos que han de regir el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus bienes adscritos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 220 - Miércoles, 16 de noviembre de 2022

página 18238/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Orden de 9 de noviembre de 2022, por la que se aprueban los precios públicos
que han de regir el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus
bienes adscritos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de
Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma Andaluza, derogada parcialmente
por la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía y en el Acuerdo de 10 de enero de 1989, del Consejo de Gobierno,
por el que se determinan bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos
mediante precios públicos, se autorizó la percepción por el Patronato de la Alhambra y
Generalife de precios públicos por los servicios y actividades que realice para facilitar
visitas, rodajes de películas, obtención de fotografías y celebración de actos culturales,
así como por la venta de publicaciones, relativo todo ello al recinto monumental y a sus
bienes adscritos encomendados a dicho Patronato. En el momento actual, teniendo en
cuenta el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la Orden de 18 de septiembre
de 2013, se hace necesario ordenar y actualizar los precios públicos que regirán para el
Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife y sus bienes adscritos.
La actualización del precio de la entrada en sus distintas modalidades, junto a la
ordenación del régimen de entradas reducidas y gratuitas, así como otras medidas de
fomento de la visita dan forma a esta nueva norma dotando al Patronato de la Alhambra y
Generalife de una regulación más acorde tanto con sus exigencias financieras como con
su compromiso de servicio público.
En su virtud, en aplicación de lo previsto en el artículo 25.2 de la Ley 10/2021, de 28 de
diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta
del Patronato de la Alhambra y Generalife, previo informe preceptivo de la Consejería de
Hacienda y Financiación Europea, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
1. La presente orden tiene por objeto la aprobación de los precios públicos que han
de regir en el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife y sus bienes adscritos
para los servicios que se indican en la presente orden y en los anexos.
2. Los precios públicos a los que se refiere la presente orden se incrementarán en el
impuesto sobre el valor añadido según la legislación aplicable.

Artículo 3. Devoluciones.
Las entradas adquiridas y otros precios recogidos en esta orden solo podrán
ser devueltos en los supuestos establecidos en la normativa general reguladora de la
devolución de precios públicos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00271460

Artículo 2. Incremento del precio de visita en la venta anticipada y en la venta directa
con tarjeta bancaria.
Las entradas de visita pública, cuando se adquieran anticipadamente, se incrementarán
con la comisión de gestión establecida en el contrato de servicio que esté en vigor.
Así mismo el precio de la entrada de venta directa podrá verse incrementado por la
comisión que resulte de aplicación por el uso de tarjeta bancaria.