3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/219-52)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento del principio de transparencia en determinadas Agencias Públicas Empresariales de la Junta de Andalucía.
138 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Martes, 15 de noviembre de 2022

página 17864/74

En cambio, en la Base de Datos de Subvenciones de la Junta de Andalucía se publicaban
subvenciones de la Agencia Andaluza de la Energía (AAE) y en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, además de las mencionadas subvenciones de la AAE, también había subvenciones
de la Agencia Pública Andaluza de Educación (APAE).
En la actualidad constan subvenciones publicadas en el Portal de la Junta de Andalucía
correspondientes a de AAE y APAE, pero se desconoce sin son la totalidad de las existentes o si las
restantes agencias auditada tienen información susceptible de publicar.
La alegación no hace referencia a las deficiencias de los archivos de datos abiertos del Portal de la
Junta de Andalucía.

ALEGACIÓN Nº13, Puntos 27 y 47 (páginas 10 y 15) Estructura del Portal de la Junta de Andalucía,
ALEGACIÓN NO ADMITIDA
27 El Portal de la Junta de Andalucía, en el que debe de estar disponible la información pública de
las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía (art. 18.1 LTPA), se
encuentra estructurado en nueve apartados. Éstos no coinciden con la distribución por materias que
sigue la Ley de Transparencia Pública de Andalucía (arts. 10 a 17 LTPA) ni con el catálogo de
obligaciones de publicidad activa establecido por el Consejo de Transparencia y Protección de Datos
de Andalucía. Esta circunstancia no facilita la búsqueda de determinados contenidos, sino que, por
el contrario, la dificulta.
47 El Portal de la Junta de Andalucía debería estructurarse de tal forma que sus diferentes apartados
coincidan con la distribución por materias que sigue la Ley de Transparencia Pública de Andalucía
(arts. 10 a 17) y el catálogo de obligaciones de publicidad activa establecido por el Consejo de
Transparencia y Protección de Datos.
En tal sentido, se debería recoger un apartado específico para cada uno de los requerimientos
exigidos por la normativa de transparencia. En el supuesto de que alguno no fuese de aplicación a
todas o algunas de las entidades de la Junta de Andalucía o no hubiese información susceptible de
publicar, se debería dejar constancia expresamente de tal circunstancia (Prioridad alta).
CONSIDERACIONES DEL SECRETARIADO DE TRANSPARENCIA
Con carácter general, como ya se ha indicado más arriba en este informe, la estructura del nuevo
Portal de la Junta ha cambiado y mejorado con respecto a la existente en el momento de la
realización del trabajo de campo. De hecho, en la actualidad la información se estructura no en 9
sino en 12 apartados.

00271109

En cualquier caso, y aunque se valora positivamente la recomendación de la Cámara de Cuentas, la
realidad es que en este punto, la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
se limita a establecer en su artículo 18 que la información pública objeto de publicidad activa, en el
ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales debe estar
disponible a través del Portal de la Junta de Andalucía, sin que se remita a una determinada
estructura.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja