3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/219-52)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento del principio de transparencia en determinadas Agencias Públicas Empresariales de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Martes, 15 de noviembre de 2022

página 17864/69

142/2018, de 24 de abril, 58/2019, de 6 de marzo, 59/2019, de 6 de marzo y PA-68/2019, de 21 de
marzo) en las que obliga a proporcionar a los reclamantes determinada información sobre
convocatoria de puestos de trabajo y copias de determinados contratos de personal, información
sobre contratos públicos (acuerdos de la mesa de contratación, autorización de cesión de un
contrato de obras, etc.), así con el expediente de tramitación de una subvención financiada con
Fondos FEDER y FSE.
Esta información, que ha sido facilitada a los reclamantes del derecho de acceso, no está publicada
en el Portal de la Junta de Andalucía, incumpliéndose el artículo 17.2 de la LTPA que obliga a publicar
la misma.
A30 -Se debe tener en cuenta que, tal y como establece el artículo 17.2 de la LTPA, la agencia debe
publicar toda la información que se haya facilitado en el ejercicio del derecho de acceso a la
información pública. En consecuencia, debería estar publicada la información referida a las 26
solicitudes de derecho de acceso.
A47 -Se debe tener en cuenta que, tal y como establece el artículo 17.2 de la LTPA, la agencia debe
publicar toda la información que se haya facilitado en el ejercicio del derecho de acceso a la
información pública. En consecuencia, debería estar publicada la información referida a las 73
solicitudes de derecho de acceso en las que la información fue concedida.
A69 -Se debe tener en cuenta que, tal y como establece el artículo 17.2 de la LTPA, la agencia debe
publicar toda la información que se haya facilitado en el ejercicio del derecho de acceso a la
información pública. En consecuencia, debería estar publicada la información referida a las 104
solicitudes de derecho de acceso en las que la información fue concedida.
A82 - Se debe tener en cuenta que, tal y como establece el artículo 17.2 de la LTPA, la agencia debe
publicar toda la información que se haya facilitado en el ejercicio del derecho de acceso a la
información pública. En consecuencia, debería estar publicada la información referida a las 93
solicitudes de derecho de acceso.
A104 -Se debe tener en cuenta que, tal y como establece el artículo 17.2 de la LTPA, la agencia debe
publicar toda la información que se haya facilitado en el ejercicio del derecho de acceso a la
información pública. En consecuencia, debería estar publicada la información referida a las 78
solicitudes de derecho de acceso.
CONSIDERACIONES DEL SECRETARIADO DE TRANSPARENCIA

00271109

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 25.4 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia
Pública de Andalucía, en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, en concreto
siguiendo la ruta / transparencia / solicitar información pública / resoluciones denegatorias de
acceso a la información, están publicadas y son accesibles mediante un buscador específico, las
resoluciones que, en aplicación de los límites establecidos legalmente, hayan restringido o
denegado el derecho de acceso de los solicitantes de información pública en el ámbito de la
Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades, previa disociación de los datos de carácter
personal.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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