3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/219-52)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento del principio de transparencia en determinadas Agencias Públicas Empresariales de la Junta de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Martes, 15 de noviembre de 2022

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ALEGACIÓN Nº59, PUNTO 33 (página 11) Información sin fechar y/o actualizar, ALEGACIÓN NO
ADMITIDA
33 En el Portal, en algunas ocasiones, no consta la fecha en la que se ha procedido a publicar la
información que figura en el mismo, circunstancia que deviene fundamental para conocer si la
misma se encuentra actualizada, pues, tal y como exige en artículo 9.7 de la LTPA, la información
se publicará y actualizará, con carácter general, trimestralmente, salvo que la normativa específica
establezca otros plazos atendiendo a las peculiaridades propias de la información de que se trate y
sin perjuicio de la potestad de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades
instrumentales de incluir toda la información que estime conveniente en plazos más breves (§ A9).
Esta Agencia se asegurará que las actualizaciones sean con carácter trimestral, hecho que se hará
constar en su página web. También que la próxima lista de representantes de personal se encuentre
fechada a su actualización.
TRATAMIENTO
La alegación no contradice la deficiencia señalada en el informe provisional e indica medidas para
su mejora.
ALEGACIÓN Nº60, PUNTO 35 (página 11) Agenda institucional, ALEGACIÓN NO ADMITIDA
35 El artículo 10.1.m) de la LTPA exige que las entidades incluidas en su ámbito de aplicación
publiquen las agendas institucionales de los gobiernos. En el Portal de la Junta de Andalucía figura
la agenda del Presidente de la Junta, de los Consejeros y de otros Altos Cargos, pero cuando se
intenta acceder a las agendas de las personas que asumen la máxima responsabilidad en las
agencias fiscalizadas, la información publicada no siempre está actualizada o no tiene relación con
la agencia correspondiente, incumpliéndose, en consecuencia, el precepto señalado.
En el mismo sentido, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en sus
Resoluciones PA 166/2019, de 4 de julio (FJ 7º), PA 216/2020, de 29 de abril (FJ 5º) y PA 13/2021,
de 11 de febrero (FJ 4º), entre otras, exige que se publique la agenda de la persona que ostente la
condición de máximo representante de la entidad.
Se va a verificar y proceder a la publicación de la agenda de la persona titular de la DirecciónGerencia de esta Agencia, cumpliendo así las resoluciones del Consejo de Transparencia y Protección
de Datos.
TRATAMIENTO
La alegación no contradice la deficiencia señalada en el Informe e indica medidas para su mejora.
ALEGACIÓN Nº61, PUNTO 43 (página 14) Derecho de acceso a la información, ALEGACIÓN NO
ADMITIDA

00271109

43 (…) De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.3 de la LTBG y 25.4 de la LTPA, las
resoluciones que restrinjan o denieguen el derecho de acceso a la información pública serán objeto
de publicidad, previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran. Por
consiguiente, las agencias auditadas deberían publicar las 62 resoluciones inadmitidas, así como las
4 en las que se ha denegado la información solicitada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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