4. Administración de justicia. Juzgados de Primera Instancia. (2022/219-54)
Edicto de 29 de marzo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla, dimanante de autos núm. 895/2018. (PP. 2812/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Martes, 15 de noviembre de 2022

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4. Administración de justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
Edicto de 29 de marzo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de
Sevilla, dimanante de autos núm. 895/2018. (PP. 2812/2022).
NlG: 4109142120180035276.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 895/2018. Negociado: 4P.
Sobre: División de cosa común (art. 401 CC).
De: Elite Invergest, S.L.
Procurador: Sr. Emilio García Guillén.
Letrada: Sra. María Isabel Santamaría Alonso.
Contra: Juan Luis Curras Mengual.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 895/2018 seguido en el Juzgado de
Primera Instancia núm. Diez de Sevilla a instancia de Elite Invergest, S.L., contra Juan
Luis Curras Mengual sobre división de cosa común (art. 401 CC), se ha dictado la
sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 194/2020
En Sevilla, a 28 de octubre de 2020.
Vistos por mí, Yolanda Sánchez Gucema, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera
Instancia núm. Diez de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Ordinario sobre
división de la cosa común, seguidos con el núm. 895/2018 entre partes, de la una, como
demandante, Elite Invergest, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales, don
Emilio García Guillén, y asistida por la Letrada, doña María Isabel Santamaría Alonso, y
de la otra, como demandado, don Juan Luis Curras Mengual, declarado en situación de
rebeldía procesal,

Estimar íntegramente la demanda formulada por Elite Invergest, S.L., contra don Juan
Luis Curras Mengual sobre la división de cosa común. Debo declarar y declaro extinguido
el condominio existente entre las partes litigantes sobre la finca sita en la calle Teniente
Rodríguez Carmona, núms. 3 y 5, piso 2.º centro, con acceso por el portal número cinco,
Sevilla; inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Sevilla, finca registral núm.
15.541, al Tomo 1.823, Libro 1.157, folio 200; decretar la división de la referida finca, a
falta de convenio entre partes, se acuerda que, en ejecución de sentencia, en pública
subasta, con el tipo que se fije en periodo probatorio, en la que, con intervención de las
partes que podrán hacer posturas en calidad de ceder el remate a tercero, y admisión
de licitadores extraños –realizándose la subasta con advertencia de los derechos de
los condóminos–, se distribuya el precio que en ella fuera obtenido, una vez deducidos
los correspondientes gastos del producto de la venta, entre las partes, dado el carácter
indivisible del objeto común, con expresa condena en costas a la parte demandada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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