5. Anuncios. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/217-85)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica del Programa FEDER Andalucía 2021-2027.
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Número 217 - Viernes, 11 de noviembre de 2022
página 17932/2
Asimismo, se ha dado cumplimiento a otro de los grandes objetivos de la citada ley
GICA, que consiste en la transparencia y participación ciudadana a través del acceso a
una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador y la invitación a realizar
aportaciones en diversas fases del mismo.
En este procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria se ha aplicado
la tramitación de urgencia, ya que el órgano ambiental atendió a las razones de interés
público que aconsejaban tal tramitación argumentadas por el órgano promotor.
El procedimiento de evaluación ambiental estratégica comenzó con la solicitud de
inicio presentada por el promotor ante el órgano ambiental. Dicha solicitud se acompañaba
del borrador del programa y de un documento inicial estratégico con la correspondiente
evaluación de los aspectos establecidos en la ley GICA.
En base a este documento inicial, para llevar a cabo el trámite de consultas, el
órgano ambiental identificó a 110 agentes entre Administraciones Públicas afectadas
y entidades posiblemente interesadas, a quienes se consultó de forma particularizada.
Para responder a esta consulta se dio un plazo de 23 días. En total se recibieron 19
escritos con información y observaciones.
La información y documentación inicial asociada a esta evaluación ambiental se
publicó en la web del Portal Ambiental de Andalucía. Además, se habilitó el canal de
administración electrónica para la tramitación de las consultas y se puso a disposición del
público una dirección de correo electrónico para enviar las aportaciones, sugerencias e
información de interés.
El órgano ambiental, considerando el resultado de las consultas iniciales realizadas,
elaboró el documento de alcance, al objeto de delimitar la amplitud, nivel de detalle y
grado de especificación del estudio ambiental estratégico (en adelante EsAE) del
PFEDERA 21-27. El documento de alcance, junto a las respuestas recibidas en el trámite
de consultas (incluidas las recibidas desde los distintos centros directivos de la entonces
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible), fueron remitidas al
promotor, proporcionando toda la información ambiental disponible de utilidad para lograr
la máxima integración ambiental del PFEDERA 21-27.
Toda esta información fue analizada y, en su caso, considerada por el órgano
promotor en la elaboración de la versión preliminar del Programa y del EsAE.
Además de esta documentación inicial, también se fue publicando en la web del
órgano ambiental toda la documentación posterior relacionada con el procedimiento de
evaluación ambiental del PFEDERA 21-27.
Posteriormente, en fase de información pública y segundas consultas de la versión
preliminar del PFEDERA 21-27 y del EsAE, se recibieron 8 alegaciones, teniéndose en
cuenta por el promotor en la elaboración de las propuestas finales del PFEDERA 21-27 y
del EsAE.
Las modalidades de información y consulta definidas son coherentes con las
garantías de participación pública establecidas en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la
que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de
acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
El EsAE es, por tanto, el documento técnico clave de este procedimiento. Atendiendo
a los contenidos mínimos exigidos en el Anexo II C de la ley GICA, y a la información
aportada en el documento de alcance, el promotor elaboró el EsAE en el que se han
identificado los efectos significativos sobre el medio ambiente que tendrá la aplicación
del PFEDERA 21-27, así como unas alternativas razonables técnica y ambientalmente
viables.
El EsAE también ha considerado la coherencia externa con los principios y directrices
de protección ambiental y desarrollo sostenible, así como su adecuación a las directrices
derivadas de los planes y estrategias de naturaleza medioambiental y territorial con los
que interactúa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00271176
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 17932/2
Asimismo, se ha dado cumplimiento a otro de los grandes objetivos de la citada ley
GICA, que consiste en la transparencia y participación ciudadana a través del acceso a
una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador y la invitación a realizar
aportaciones en diversas fases del mismo.
En este procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria se ha aplicado
la tramitación de urgencia, ya que el órgano ambiental atendió a las razones de interés
público que aconsejaban tal tramitación argumentadas por el órgano promotor.
El procedimiento de evaluación ambiental estratégica comenzó con la solicitud de
inicio presentada por el promotor ante el órgano ambiental. Dicha solicitud se acompañaba
del borrador del programa y de un documento inicial estratégico con la correspondiente
evaluación de los aspectos establecidos en la ley GICA.
En base a este documento inicial, para llevar a cabo el trámite de consultas, el
órgano ambiental identificó a 110 agentes entre Administraciones Públicas afectadas
y entidades posiblemente interesadas, a quienes se consultó de forma particularizada.
Para responder a esta consulta se dio un plazo de 23 días. En total se recibieron 19
escritos con información y observaciones.
La información y documentación inicial asociada a esta evaluación ambiental se
publicó en la web del Portal Ambiental de Andalucía. Además, se habilitó el canal de
administración electrónica para la tramitación de las consultas y se puso a disposición del
público una dirección de correo electrónico para enviar las aportaciones, sugerencias e
información de interés.
El órgano ambiental, considerando el resultado de las consultas iniciales realizadas,
elaboró el documento de alcance, al objeto de delimitar la amplitud, nivel de detalle y
grado de especificación del estudio ambiental estratégico (en adelante EsAE) del
PFEDERA 21-27. El documento de alcance, junto a las respuestas recibidas en el trámite
de consultas (incluidas las recibidas desde los distintos centros directivos de la entonces
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible), fueron remitidas al
promotor, proporcionando toda la información ambiental disponible de utilidad para lograr
la máxima integración ambiental del PFEDERA 21-27.
Toda esta información fue analizada y, en su caso, considerada por el órgano
promotor en la elaboración de la versión preliminar del Programa y del EsAE.
Además de esta documentación inicial, también se fue publicando en la web del
órgano ambiental toda la documentación posterior relacionada con el procedimiento de
evaluación ambiental del PFEDERA 21-27.
Posteriormente, en fase de información pública y segundas consultas de la versión
preliminar del PFEDERA 21-27 y del EsAE, se recibieron 8 alegaciones, teniéndose en
cuenta por el promotor en la elaboración de las propuestas finales del PFEDERA 21-27 y
del EsAE.
Las modalidades de información y consulta definidas son coherentes con las
garantías de participación pública establecidas en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la
que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de
acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
El EsAE es, por tanto, el documento técnico clave de este procedimiento. Atendiendo
a los contenidos mínimos exigidos en el Anexo II C de la ley GICA, y a la información
aportada en el documento de alcance, el promotor elaboró el EsAE en el que se han
identificado los efectos significativos sobre el medio ambiente que tendrá la aplicación
del PFEDERA 21-27, así como unas alternativas razonables técnica y ambientalmente
viables.
El EsAE también ha considerado la coherencia externa con los principios y directrices
de protección ambiental y desarrollo sostenible, así como su adecuación a las directrices
derivadas de los planes y estrategias de naturaleza medioambiental y territorial con los
que interactúa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00271176
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía