3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/217-63)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión de recursos humanos de empresas municipales que gestionan los servicios funerarios en Andalucía: EMUCESA, CECOSAM, PARCEMASA Y CEMABASA. Ejercicio 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Viernes, 11 de noviembre de 2022

página 17869/3

1. INTRODUCCIÓN
1

La Cámara de Cuentas de Andalucía (CCA), en virtud de lo dispuesto en su Ley de creación y
conforme a lo previsto en el Programa Anual de Actuación de 2020, ha ejecutado una
fiscalización de cumplimiento de la selección y contratación, promoción interna y retribuciones
del personal de las empresas municipales que gestionan los servicios funerarios en Andalucía, en
concreto, EMUCESA, CECOSAM, PARCEMASA y CEMABASA, correspondiente al ejercicio 2019.

2

La Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local consideró, inicialmente, los servicios mortuorios
como servicios esenciales y los reservó a favor de las entidades locales. Con la expresión servicios
mortuorios se hacía referencia a todas las actividades que se realizaban tras el fallecimiento de
una persona, incluyéndose los servicios de cementerio y los funerarios.
Desde el año 1996, se adoptaron medidas para liberalizar estas actividades, por lo que han
dejado de tener la cualidad de servicios esenciales y desapareció la reserva de su prestación a
favor de los ayuntamientos. A partir de ese momento, la actividad ha quedado sometida sólo a
la autorización municipal.
Las empresas municipales que gestionan los servicios funerarios en Andalucía tienen como
objetivo principal la ejecución de actividades que se realizan desde el fallecimiento de una
persona hasta la inhumación o cremación de los restos mortales.

3

La fiscalización se ha diseñado para efectuar una auditoría de cumplimiento de legalidad y
seguridad razonable de la selección y contratación, promoción interna y retribuciones del
personal de las distintas empresas, con el objetivo de obtener evidencia adecuada y suficiente
sobre la existencia de incumplimientos significativos del marco legal aplicable en el área de
personal.
Además de la emisión de una opinión individualizada para cada empresa municipal, se ofrecerá
una visión comparada de aquellos elementos retributivos y condiciones laborales más
significativas que inciden en la gestión de los recursos humanos adscritos a los servicios
funerarios contemplados en los Convenios Colectivos
El ámbito subjetivo de la fiscalización lo constituyen las cuatro sociedades: EMUCESA, CECOSAM,
PARCEMASA y CEMABASA, participadas por sus respectivos ayuntamientos en los siguientes
porcentajes:
-

EMUCESA: 51% Ayuntamiento de Granada.
CECOSAM: 100% Ayuntamiento de Córdoba.
PARCEMASA: 100% Ayuntamiento de Málaga.
CEMABASA: 50% Ayuntamiento de Cádiz y 50% Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.
Está asignada en contabilidad nacional como unidad institucional pública al municipio de
Cádiz.1

1 En el ejercicio 2021, la empresa ha aprobado una ampliación de su capital social, que ha supuesto una modificación de su accionariado,
de modo que la participación municipal pasa a ser: 49,5049% el Ayuntamiento de Cádiz, 49,5049% el Ayuntamiento de Chiclana de la
Frontera y el 0,9920% el Ayuntamiento de Puerto Real.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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