Autoridades y personal. Universidades. (2022/216-23)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación laboral indefinida prevista en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y se convocan a concurso público contratos de actividades científico-técnicas indefinidos vinculados a servicios científico-técnicos (Rf.ª: 32/22).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Jueves, 10 de noviembre de 2022

página 17834/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide,
de Sevilla, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación
laboral indefinida prevista en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación, y se convocan a concurso público contratos de
actividades científico-técnicas indefinidos vinculados a servicios científicotécnicos (Rf.ª: 32/22).
El artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación, modificado por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, establece el contrato
indefinido de actividades científico-técnicas, cuyo objeto será la realización de actividades
vinculadas a líneas de investigación o de servicios científico-técnicos.
En esta misma ley, el artículo 32 bis establece los «Contratos para la realización de
proyectos y para la ejecución de programas públicos de investigación científica y técnica
o de innovación» indicando que «las universidades públicas podrán contratar personal
técnico de apoyo a la investigación y a la transferencia de conocimiento de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 23 bis de esta ley».
Por tanto,
Conforme a la propuesta formulada por los Investigadores Principales, tal y como se
describe en el Anexo II de esta resolución, en la que solicita la contratación de Personal
Técnico de Apoyo a la Investigación para la realización de actividades científico-técnicas
adscritas en los servicios científico-técnicos referenciados en este anexo y,
Considerando el informe favorable emitido por el Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Doctorado de esta Universidad sobre la adecuación y oportunidad de la
propuesta,
La Universidad Pablo de Olavide ha resuelto:
Primero. Convocar, con arreglo a las normas que se contienen en esta resolución y
sus anexos, los procesos selectivos reflejados en el Anexo II.

Tercero. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación
o publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio),
sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra
esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo
caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en
tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con
lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 7 de noviembre de 2022.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. Por razones de celeridad y eficacia y considerando que el periodo de
contratación propuesto es inferior al plazo normalizado de gestión del procedimiento
selectivo, se declara la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, por lo que se acortan los trámites oportunos permitidos.