Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/215-35)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se oferta relación de plazas para que las personas seleccionadas realicen petición de destinos y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en la categoría profesional Personal de Servicios Generales (5045), correspondiente al Grupo V, para las plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual, previstas en las Ofertas de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía de 2017 y 2019, convocado por Resolución de 15 de julio de 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 215 - Miércoles, 9 de noviembre de 2022
página 17710/2
Tercero. Si la persona seleccionada no presentase la referida documentación, o no
pidiese puestos en número suficiente, se entenderá que desiste de su derecho a ser
seleccionada en el concurso convocado por la presente resolución, quedando anuladas
todas sus actuaciones; igualmente serán anuladas las actuaciones de las personas
aspirantes que incorporen documentación que no resultara acreditativa de los requisitos
exigidos. Será en este momento cuando, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas
convocadas, la Administración requerirá de la Comisión de Selección, por una única vez,
una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas, para
su posible consideración como personas adjudicatarias de la categoría. Dicha relación
complementaria en ningún supuesto abrirá un nuevo periodo de baremación, por lo que
solo podrán formar parte de dicho listado complementario las personas aspirantes que
habiendo sido valoradas por la Comisión de Selección cuenten con una puntuación total
consecutiva e ininterrumpida a las inicialmente propuestas.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, recurso
potestativo de reposición ante la Dirección General competente en materia de Función
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270956
(https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico)
cumplimentarán modelo formulario de petición de destinos, según Anexo I, en el que
conforme su apartado 6 se habrá de formular declaración expresa de no haber sido
separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer la
condición de personal laboral fijo de la misma categoría profesional a que se aspira ni de
desempeñar ningún puesto en el sector público, ni realiza actividad privada incompatible
o sujeta a reconocimiento de compatibilidad. Asimismo, al mencionado formulario según
exigencias de la base octava.7 de la Resolución de 15 de julio de 2021, se incorporará la
siguiente documentación:
a) Certificado de aptitud en la que quede constancia de la capacidad para el
desempeño de las tareas que correspondan a la categoría profesional solicitada,
expedido por los órganos competentes de la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad u órganos similares de otras Administraciones Públicas.
b) En el caso de optar por puestos que en la Relación de Puestos de Trabajo tengan
asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse
certificación negativa emitida por el Registro Central de delincuentes sexuales de
inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante
deberá prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado
Registro, así como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por
sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la
agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución
y explotación sexual, y corrupción de menores, así como trata de seres humanos, a los
efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección
integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia. (Modelo Anexo II).
2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Una vez realizada la presentación telemática, ésta no podrá ser modificada en
ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino
dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se
generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al
documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su
no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 215 - Miércoles, 9 de noviembre de 2022
página 17710/2
Tercero. Si la persona seleccionada no presentase la referida documentación, o no
pidiese puestos en número suficiente, se entenderá que desiste de su derecho a ser
seleccionada en el concurso convocado por la presente resolución, quedando anuladas
todas sus actuaciones; igualmente serán anuladas las actuaciones de las personas
aspirantes que incorporen documentación que no resultara acreditativa de los requisitos
exigidos. Será en este momento cuando, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas
convocadas, la Administración requerirá de la Comisión de Selección, por una única vez,
una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas, para
su posible consideración como personas adjudicatarias de la categoría. Dicha relación
complementaria en ningún supuesto abrirá un nuevo periodo de baremación, por lo que
solo podrán formar parte de dicho listado complementario las personas aspirantes que
habiendo sido valoradas por la Comisión de Selección cuenten con una puntuación total
consecutiva e ininterrumpida a las inicialmente propuestas.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, recurso
potestativo de reposición ante la Dirección General competente en materia de Función
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270956
(https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico)
cumplimentarán modelo formulario de petición de destinos, según Anexo I, en el que
conforme su apartado 6 se habrá de formular declaración expresa de no haber sido
separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer la
condición de personal laboral fijo de la misma categoría profesional a que se aspira ni de
desempeñar ningún puesto en el sector público, ni realiza actividad privada incompatible
o sujeta a reconocimiento de compatibilidad. Asimismo, al mencionado formulario según
exigencias de la base octava.7 de la Resolución de 15 de julio de 2021, se incorporará la
siguiente documentación:
a) Certificado de aptitud en la que quede constancia de la capacidad para el
desempeño de las tareas que correspondan a la categoría profesional solicitada,
expedido por los órganos competentes de la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad u órganos similares de otras Administraciones Públicas.
b) En el caso de optar por puestos que en la Relación de Puestos de Trabajo tengan
asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse
certificación negativa emitida por el Registro Central de delincuentes sexuales de
inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante
deberá prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado
Registro, así como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por
sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la
agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución
y explotación sexual, y corrupción de menores, así como trata de seres humanos, a los
efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección
integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia. (Modelo Anexo II).
2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Una vez realizada la presentación telemática, ésta no podrá ser modificada en
ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino
dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se
generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al
documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su
no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.