Autoridades y personal. Universidades. (2022/214-26)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de una plaza de Titulado de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Arquitecto Técnico), Grupo II, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17620/13
2. Fase de concurso.
Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán aportar, en el plazo que el
Tribunal determine, la documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de
concurso, sin que puedan añadirse otros méritos que los referenciados en la solicitud, en
los términos de lo establecido en la base 3.8 e) de la presente resolución.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorará de 0 a 40 puntos
distribuidos en los siguientes epígrafes:
1. Experiencia Profesional (hasta un máximo de 16 puntos).
a) Por servicios prestados en la Universidad de Córdoba, en puestos de la misma
área a la que se aspira, adquirida en el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo
del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y con cargo al capítulo I
del Presupuesto de la Universidad de Córdoba: 0,285 puntos por mes o fracción.
b) Por servicios prestados, no computados en el apartado anterior, en puestos cuyos
contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría profesional
a la que se aspira, adquirida en la Universidad de Córdoba y no incluidos en el ámbito de
aplicación del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas
de Andalucía: 0,030 puntos por mes o fracción.
c) Por servicios prestados en puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos
a los encomendados a la categoría profesional a la que se aspira, adquirida en el ámbito
de otras Administraciones Públicas, no computados en los apartados anteriores: 0,013
puntos por mes o fracción.
d) Por servicios prestados, no computados en los apartados anteriores, en puestos
cuyos contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría
profesional a la que se aspira, adquirida fuera de la Administración Pública: 0,007 puntos
por mes o fracción.
Solamente se computará la experiencia profesional que se acredite mediante la
aportación de documentos que concreten suficientemente las funciones desempeñadas:
contrato de trabajo, certificado de funciones acorde al contrato de trabajo expedido por
la empresa, en el que se haga constar la antigüedad y el tipo de actividad y funciones
desempeñadas, informe actualizado de vida laboral expedido por la Tesorería General
de la Seguridad Social y, en el caso de ser empleados públicos, la hoja de servicios y
certificado actualizado del Organismo en el que se haga constar antigüedad y el tipo de
actividad y funciones realizadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270865
Tercer ejercicio:
Este ejercicio será obligatorio y no eliminatorio. Consistirá en una entrevista con
las personas candidatas que hayan superado los dos ejercicios anteriores, sobre la
trayectoria profesional y los conocimientos de la materia.
Para la valoración de este ejercicio se tendrán en cuenta los siguientes criterios
técnicos de evaluación:
Experiencia profesional desarrollada en el ejercido de la profesión regulada de
Arquitecto Técnico.
Motivación, interés e implicación en el ejercido de la profesión regulada de Arquitecto
Técnico.
Capacidad de expresión oral y comunicativa.
Capacidad para la resolución de problemas reales y concretos y para el trabajo en
red y colaborativo en el ejercido de la profesión regulada de Arquitecto Técnico.
El ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos.
Calificación final de la fase de oposición:
La calificación de la fase de la oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas
en cada uno de los tres ejercicios y será necesario obtener un mínimo de 30 puntos para
acceder a la fase de concurso.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17620/13
2. Fase de concurso.
Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán aportar, en el plazo que el
Tribunal determine, la documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de
concurso, sin que puedan añadirse otros méritos que los referenciados en la solicitud, en
los términos de lo establecido en la base 3.8 e) de la presente resolución.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorará de 0 a 40 puntos
distribuidos en los siguientes epígrafes:
1. Experiencia Profesional (hasta un máximo de 16 puntos).
a) Por servicios prestados en la Universidad de Córdoba, en puestos de la misma
área a la que se aspira, adquirida en el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo
del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y con cargo al capítulo I
del Presupuesto de la Universidad de Córdoba: 0,285 puntos por mes o fracción.
b) Por servicios prestados, no computados en el apartado anterior, en puestos cuyos
contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría profesional
a la que se aspira, adquirida en la Universidad de Córdoba y no incluidos en el ámbito de
aplicación del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas
de Andalucía: 0,030 puntos por mes o fracción.
c) Por servicios prestados en puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos
a los encomendados a la categoría profesional a la que se aspira, adquirida en el ámbito
de otras Administraciones Públicas, no computados en los apartados anteriores: 0,013
puntos por mes o fracción.
d) Por servicios prestados, no computados en los apartados anteriores, en puestos
cuyos contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría
profesional a la que se aspira, adquirida fuera de la Administración Pública: 0,007 puntos
por mes o fracción.
Solamente se computará la experiencia profesional que se acredite mediante la
aportación de documentos que concreten suficientemente las funciones desempeñadas:
contrato de trabajo, certificado de funciones acorde al contrato de trabajo expedido por
la empresa, en el que se haga constar la antigüedad y el tipo de actividad y funciones
desempeñadas, informe actualizado de vida laboral expedido por la Tesorería General
de la Seguridad Social y, en el caso de ser empleados públicos, la hoja de servicios y
certificado actualizado del Organismo en el que se haga constar antigüedad y el tipo de
actividad y funciones realizadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270865
Tercer ejercicio:
Este ejercicio será obligatorio y no eliminatorio. Consistirá en una entrevista con
las personas candidatas que hayan superado los dos ejercicios anteriores, sobre la
trayectoria profesional y los conocimientos de la materia.
Para la valoración de este ejercicio se tendrán en cuenta los siguientes criterios
técnicos de evaluación:
Experiencia profesional desarrollada en el ejercido de la profesión regulada de
Arquitecto Técnico.
Motivación, interés e implicación en el ejercido de la profesión regulada de Arquitecto
Técnico.
Capacidad de expresión oral y comunicativa.
Capacidad para la resolución de problemas reales y concretos y para el trabajo en
red y colaborativo en el ejercido de la profesión regulada de Arquitecto Técnico.
El ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos.
Calificación final de la fase de oposición:
La calificación de la fase de la oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas
en cada uno de los tres ejercicios y será necesario obtener un mínimo de 30 puntos para
acceder a la fase de concurso.