Autoridades y personal. Universidades. (2022/214-27)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos de Gestión de esta Universidad, Grupo A, Subgrupo A1, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022

página 17621/8

6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. El orden de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una
actuación individualiza se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,
atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.2. El tribunal adoptará las medidas oportunas para que el desarrollo de los
ejercicios de la fase de oposición se realice velando por el cumplimiento de las garantías
de imparcialidad y objetividad en la realización de estos. El tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su
realización y para que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban
ser leídos por el tribunal sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas
aspirantes.
6.3. El tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos
necesarios para el desarrollo de estos, así como de los criterios específicos de corrección,
de la nota mínima para superarlos y de las preguntas netas en ejercicios tipo test que
sean necesarias para lograrla. El Tribunal estará facultado para establecer los criterios de
valoración y el mínimo para superar los ejercicios.
6.4. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes para
que acrediten su identidad.
6.5. En atención a los principios de agilidad y eficiencia, el Tribunal podrá determinar
que los ejercicios de la fase de oposición se realicen en un mismo día.
6.6. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de los ejercicios
de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas del concurso-oposición
aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados
conforme se establece en el artículo 19.3 y 19.4 del Reglamento de ingreso, provisión de
puestos de trabajo y promoción personal de administración y servicios de la Universidad
de Córdoba.
6.7. El lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición
se publicará en el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PAS», de
la página web de la Universidad de Córdoba, con una antelación no inferior a diez días
hábiles. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente
deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco
días hábiles.
6.8. Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Córdoba, comunicándole, en caso de existir,
las inexactitudes o falsedades formuladas por esta en la solicitud de admisión a estas
pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Contra la resolución que acuerde la exclusión definitiva, la persona interesada podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente a la publicación de esta, ante este Rectorado, o recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación
de la citada resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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5.13. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo, a efectos económicos, tendrá la
categoría primera de las recogidas en el Anexo V del Presupuesto de la Universidad de
Córdoba.
5.14. El Tribunal no podrá, en ningún caso, aprobar ni declarar que ha superado
el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la
presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
en esta base será nula de pleno derecho.