Autoridades y personal. Universidades. (2022/214-30)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022

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Según la normativa, el umbral mínimo para poder ser propuesto para la adjudicación
de una plaza de Profesor Ayudante Doctor se establece en 40 puntos. De conformidad
con lo dispuesto en la Resolución Rectoral de 24 marzo de 2021, por la que se emite una
interpretación sobre la determinación del umbral mínimo aplicable en los procedimientos
selectivos para plazas de profesores ayudantes doctores, profesores asociados y
profesores interinos, debe interpretarse que el establecimiento de umbrales mínimos
que se hace en el artículo 12 de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de
Profesorado Ayudante Doctor, Profesorado Asociado y Profesorado Interino en relación
con la regla de saturación que se recoge en el apartado 2 de las Consideraciones
Generales del Baremo de contratación de Profesorado Ayudante Doctor, Profesorado
Asociado y Profesorado Interino implica que su determinación tiene que realizarse
tomando en consideración exclusivamente los méritos individuales de cada candidato, sin
perjuicio de que una vez determinados estos umbrales mínimos se pueda aplicar, según
proceda, a determinados subapartados de los méritos de los candidatos las mencionadas
reglas de saturación. En estos casos, tanto el resultado final del procedimiento selectivo,
como la posición en la que puedan quedar las distintas personas que se presenten, será
la que resulte de la aplicación de la regla de saturación cuando sea procedente.
3.5. Los candidatos depositarán obligatoriamente su currículum vitae normalizado
(CVN) en la plataforma bareprof habilitada al efecto y cuya dirección es la siguiente:
https://bareprof.us.es . El currículum se cumplimenta con el editor CVN de la Fundación
Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), y siguiendo las instrucciones
publicadas en la siguiente dirección: https://cnv.fecyt.es/editor, en la Guía de Ayuda al
Candidato que puede consultarse en la plataforma bareprof y en la siguiente dirección:
https://docentes.us.es - Oferta de Empleo Público - PDI Laboral - Convocatorias. El CVN
se deposita en el campo habilitado al efecto en el apartado de la aplicación bareprof:
«Requisitos de admisión». La lectura de los méritos por bareprof se realiza conforme a
las instrucciones publicadas en dicha aplicación. El no depósito de méritos en tiempo y
forma del CVN en la referida plataforma supondrá la exclusión definitiva del aspirante.
Los candidatos deberán introducir en la aplicación bareprof la documentación
acreditativa de cada uno de sus méritos del CVN que permita su validación por las
Comisiones, atendiendo a las instrucciones publicadas en la citada aplicación.
El depósito del CVN y la documentación acreditativa en la plataforma no supondrá la
sustitución del trámite en tiempo y forma del pago de los derechos ni de presentación de
la solicitud de participación.
3.6. La relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada plaza se hará
pública con indicación, en su caso, de la causa de exclusión.
La publicación de los listados de admitidos y excluidos se efectuará en el Tablón
electrónico oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal
Docente e Investigador) y, a título informativo, en la web: https://docentes.us.es - Oferta
de Empleo Público - PDI laboral.
Contra esta resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Sr.
Rector Magfco. en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
la publicación del listado provisional. La documentación que se aporte para subsanar
deberá presentarse en todo caso, acompañada de la correspondiente instancia o
escrito de remisión solicitando dicha subsanación. Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no subsanen el defecto o la causa de exclusión o no aleguen frente a la omisión
producida justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes excluidos de la lista
provisional y revisada la documentación aportada por los interesados en el trámite de
subsanación, en su caso, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos, por
el procedimiento anteriormente mencionado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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