Autoridades y personal. Universidades. (2022/214-30)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17457/2
3. Presentación de solicitudes.
3.1. El plazo para que los candidatos presenten su solicitud será de 15 días hábiles
y comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, finalizando a las 24:00 horas
del último día.
3.1.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos aprobado por Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente
de forma telemática (requiere certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y
Timbre), a través del procedimiento de «Presentación de instancias y solicitudes. Modelo
genérico», disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla (Registro
Electrónico) en la siguiente dirección: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270702
No podrán tomar parte en el presente concurso quienes hayan agotado el plazo
máximo de duración de un contrato de la misma categoría en cualquier universidad, o
hubieran superado el tiempo total de ocho años de duración conjunta entre esta figura
contractual y la de ayudante en la misma o distinta universidad.
c) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
d) Para aquellas plazas que en el anexo se indique que están reservadas
exclusivamente para personas con discapacidad, estar en posesión del certificado
actualizado que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Asimismo,
deberán aportar certificado acreditativo de capacidad funcional para el desarrollo de las
tareas de Profesor Ayudante Doctor, acreditando su compatibilidad con las funciones de
la plaza concreta a las que se opta.
e) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas, quedará
sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia
de incompatibilidades.
g) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones, pudiendo
serle requerida documentación acreditativa de esta circunstancia en el momento de la
firma del contrato.
h) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea, deberán estar en posesión
de la autorización de residencia y trabajo para proceder a la firma del contrato.
2.2. Requisitos de admisión:
Para poder ser admitidos al concurso, los interesados habrán de introducir en la
plataforma «bareprof» la siguiente documentación:
- Instancia-solicitud de participación debidamente cumplimentada.
- Título de doctor (anverso y reverso).
- Acreditación para poder ser contratado en la figura de Profesor Ayudante Doctor.
- Documentación acreditativa del pago de los derechos o de la exención que corresponda.
- CVN debidamente cumplimentado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17457/2
3. Presentación de solicitudes.
3.1. El plazo para que los candidatos presenten su solicitud será de 15 días hábiles
y comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, finalizando a las 24:00 horas
del último día.
3.1.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos aprobado por Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente
de forma telemática (requiere certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y
Timbre), a través del procedimiento de «Presentación de instancias y solicitudes. Modelo
genérico», disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla (Registro
Electrónico) en la siguiente dirección: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270702
No podrán tomar parte en el presente concurso quienes hayan agotado el plazo
máximo de duración de un contrato de la misma categoría en cualquier universidad, o
hubieran superado el tiempo total de ocho años de duración conjunta entre esta figura
contractual y la de ayudante en la misma o distinta universidad.
c) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
d) Para aquellas plazas que en el anexo se indique que están reservadas
exclusivamente para personas con discapacidad, estar en posesión del certificado
actualizado que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Asimismo,
deberán aportar certificado acreditativo de capacidad funcional para el desarrollo de las
tareas de Profesor Ayudante Doctor, acreditando su compatibilidad con las funciones de
la plaza concreta a las que se opta.
e) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas, quedará
sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia
de incompatibilidades.
g) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones, pudiendo
serle requerida documentación acreditativa de esta circunstancia en el momento de la
firma del contrato.
h) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea, deberán estar en posesión
de la autorización de residencia y trabajo para proceder a la firma del contrato.
2.2. Requisitos de admisión:
Para poder ser admitidos al concurso, los interesados habrán de introducir en la
plataforma «bareprof» la siguiente documentación:
- Instancia-solicitud de participación debidamente cumplimentada.
- Título de doctor (anverso y reverso).
- Acreditación para poder ser contratado en la figura de Profesor Ayudante Doctor.
- Documentación acreditativa del pago de los derechos o de la exención que corresponda.
- CVN debidamente cumplimentado.