Autoridades y personal. Universidades. (2022/214-24)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, por el procedimiento de consolidación de empleo temporal.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17630/2
de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de
Andalucía, con carácter supletorio, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad
de Cádiz de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Plan de Estabilización
y Consolidación de empleo público del PAS de la Universidad de Cádiz, modificado por
el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2022 y a las bases de la presente
convocatoria.
1.3. El sistema selectivo será el de concurso, que consistirá en la valoración por parte
del Tribunal de los méritos que acrediten los aspirantes, referidos al día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, con las valoraciones y puntuaciones especificadas
en el Anexo I de esta convocatoria.
1.4 La duración máxima del proceso selectivo será de 6 meses desde la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo podrán presentar su
solicitud mediante modelo oficial que se acompaña como Anexo II de esta convocatoria,
que estará disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz y en la página
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270875
2. Requisitos de las personas candidatas.
2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de
los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de
presentación de solicitudes del título de Grado, Arquitectura técnica, Ingeniería técnica,
Diplomatura universitaria o titulación equivalente.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están
en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su
caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17630/2
de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de
Andalucía, con carácter supletorio, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad
de Cádiz de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Plan de Estabilización
y Consolidación de empleo público del PAS de la Universidad de Cádiz, modificado por
el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2022 y a las bases de la presente
convocatoria.
1.3. El sistema selectivo será el de concurso, que consistirá en la valoración por parte
del Tribunal de los méritos que acrediten los aspirantes, referidos al día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, con las valoraciones y puntuaciones especificadas
en el Anexo I de esta convocatoria.
1.4 La duración máxima del proceso selectivo será de 6 meses desde la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo podrán presentar su
solicitud mediante modelo oficial que se acompaña como Anexo II de esta convocatoria,
que estará disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz y en la página
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270875
2. Requisitos de las personas candidatas.
2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de
los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de
presentación de solicitudes del título de Grado, Arquitectura técnica, Ingeniería técnica,
Diplomatura universitaria o titulación equivalente.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están
en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su
caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.