Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/214-2)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se reasigna el crédito de la convocatoria de las Líneas 1 y 2 destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de la economía social en las provincias de Jaén y Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022

página 17597/2

RESU ELV E
Único. Redistribuir el crédito presupuestario de los ejercicios económicos 2021 y 2022
de la provincia de Jaén y Granada entre las distintas líneas de subvención, asignando el
crédito sobrante de la Línea 2 a la Línea 1.
Partiendo de la cuantía inicial de los créditos presupuestados para cada una de las
líneas de subvenciones:
Línea subvencionable
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las
personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomas, personas trabajadoras por cuenta
propia agrarias y mutualistas. Jaén
Linea 2. Subvenciones dirigidas a sociedades
cooperativas andaluzas y sociedades
laborales de Andalucía. Jaén
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las
personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomas, personas trabajadoras por cuenta
propia agrarias y mutualistas. Granada
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Granada

Partida presupuestaria

Anualidad 2021 Anualidad
(euros)
2022 (euros)

Total crédito
(euros)

1000170063G/72C/77808/23
A1221082E1 2021001061

214.383,00

96.647,00

311.030,00

1000178069G/72C/77807/23
A1221082E7 2021000976

200.000,00

127.282,60

327.282,60

1000170063G/72C/77808/18
A1221082E1 2021001061

337.774,00

152.273,00

490.047,00

1000178069G/72C/77807/18
A1221082E7 2021000976

200.000,00

127282,5

327.282,50

Se redistribuye el crédito sobrante en la Línea 2, asignándose a la Línea 1:
Línea subvencionable
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las
personas trabajadoras por cuenta propia
o autónomas, personas trabajadoras por
cuenta propia agrarias y mutualistas. Jaén
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Jaén
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las
personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomas, personas trabajadoras por cuenta
propia agrarias y mutualistas. Granada
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Granada

Partida presupuestaria

Crédito inicial
(euros)

Crédito
sobrante/
reasignado
(euros)

Total crédito
(euros)

1000170063G/72C/77808/23
A1221082E1 2021001061

311.030,00

-23.019,45

334.049,45

1000178069G/72C/77807/23
A1221082E7 2021000976

327.282,60

-23.019,45

304.263,15

1000170063G/72C/77808/18
A1221082E1 2021001061

490.047,00

29.815,86

519.862,86

1000178069G/72C/77807/18
A1221082E7 2021000976

327.282,50

-29.815,86

297.466,64

La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00270843

Sevilla, 2 de noviembre de 2022.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 15.10.2021, BOJA núm. 202, de 20.10.2021), la Directora General, Susana
Romero Román.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja