5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/214-89)
Acuerdo de 28 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Galera, por el que se aprueba inicialmente expediente de modificación de las Normas Subsidiarias Municipales. (PP. 2703/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17328/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
Acuerdo de 28 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Galera, por el que se
aprueba inicialmente expediente de modificación de las Normas Subsidiarias
Municipales. (PP. 2703/2022).
José Manuel Guillén Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Galera,
Que, habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento
expediente de aprobación de modificación de las Normas Subsidiarias Municipales que
se detalla a continuación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78.3 de la
Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía,
y 38.4 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental,
una vez aprobada inicialmente por el Pleno Municipal de 19.5.2022, se somete la versión
preliminar del Plan, junto con el estudio ambiental estratégico, a información pública,
durante un plazo de cuarenta y cinco días, a contar desde el día siguiente al de publicación
del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucia. Durante dicho periodo
quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a estos efectos
la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales podrá ser examinada en las
dependencias municipales. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede
electrónica de este Ayuntamiento, dirección: http://galera.sedelectronica.es.
Quedan suspendidas las aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas
en aquellas áreas afectadas por la aprobación de la modificación de las Normas
Subsidiarias Municipales, conforme a lo dispuesto en el punto 3.º del acuerdo plenario
de aprobación inicial cuyo tenor literal de reproduce a continuación: «Tercero. Suspender
el otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas
para la construcción e instalación de naves ganaderas o granjas en intensivo, de todo
tipo de ganado, en las áreas afectadas por la modificación de las Normas Subsidiarias
Municipales y que son las siguientes:
Áreas objeto de suspensión de licencias:
- En el suelo rústico común que se encuentre a una distancia menor o igual de
2.500 metros al Suelo Urbano o Áreas de Transformación Urbanística (suelo urbanizable
según las NN.SS. vigentes).
- En todos los suelos de Especial Protección y suelos rústicos preservados por la
existencia acreditada de procesos naturales o actividades antrópicas susceptibles
de generar riesgos y en los suelos rústicos preservados por la ordenación territorial y
urbanística (incluidos, tanto, en las NN.SS. vigentes de Galera, como en el PEPMF de
la provincia de Granada como en este documento de la Innovación), y en los que se
encuentren a una distancia menor o igual de 2.500 metros de dichos suelos protegidos.
- Las distancias propuestas no son de aplicación respecto a los suelos urbanos o
urbanizables pertenecientes a los términos municipales colindantes.
Tipo de licencia que se suspende: Construcción e instalación de naves ganaderas o
granjas en intensivo, de todo tipo de ganado.
La duración de la suspensión es de 3 años, debiendo publicarse esta suspensión
conjuntamente con la aprobación inicial y se extinguirá con la publicación y entrada en
vigor del instrumento de aprobación urbanística».
Galera, 28 de octubre de 2022.- El Alcalde-Presidente, José Manuel Guillén Ruiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270579
HAGO SABER
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17328/1
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5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
Acuerdo de 28 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Galera, por el que se
aprueba inicialmente expediente de modificación de las Normas Subsidiarias
Municipales. (PP. 2703/2022).
José Manuel Guillén Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Galera,
Que, habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento
expediente de aprobación de modificación de las Normas Subsidiarias Municipales que
se detalla a continuación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78.3 de la
Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía,
y 38.4 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental,
una vez aprobada inicialmente por el Pleno Municipal de 19.5.2022, se somete la versión
preliminar del Plan, junto con el estudio ambiental estratégico, a información pública,
durante un plazo de cuarenta y cinco días, a contar desde el día siguiente al de publicación
del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucia. Durante dicho periodo
quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a estos efectos
la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales podrá ser examinada en las
dependencias municipales. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede
electrónica de este Ayuntamiento, dirección: http://galera.sedelectronica.es.
Quedan suspendidas las aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas
en aquellas áreas afectadas por la aprobación de la modificación de las Normas
Subsidiarias Municipales, conforme a lo dispuesto en el punto 3.º del acuerdo plenario
de aprobación inicial cuyo tenor literal de reproduce a continuación: «Tercero. Suspender
el otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas
para la construcción e instalación de naves ganaderas o granjas en intensivo, de todo
tipo de ganado, en las áreas afectadas por la modificación de las Normas Subsidiarias
Municipales y que son las siguientes:
Áreas objeto de suspensión de licencias:
- En el suelo rústico común que se encuentre a una distancia menor o igual de
2.500 metros al Suelo Urbano o Áreas de Transformación Urbanística (suelo urbanizable
según las NN.SS. vigentes).
- En todos los suelos de Especial Protección y suelos rústicos preservados por la
existencia acreditada de procesos naturales o actividades antrópicas susceptibles
de generar riesgos y en los suelos rústicos preservados por la ordenación territorial y
urbanística (incluidos, tanto, en las NN.SS. vigentes de Galera, como en el PEPMF de
la provincia de Granada como en este documento de la Innovación), y en los que se
encuentren a una distancia menor o igual de 2.500 metros de dichos suelos protegidos.
- Las distancias propuestas no son de aplicación respecto a los suelos urbanos o
urbanizables pertenecientes a los términos municipales colindantes.
Tipo de licencia que se suspende: Construcción e instalación de naves ganaderas o
granjas en intensivo, de todo tipo de ganado.
La duración de la suspensión es de 3 años, debiendo publicarse esta suspensión
conjuntamente con la aprobación inicial y se extinguirá con la publicación y entrada en
vigor del instrumento de aprobación urbanística».
Galera, 28 de octubre de 2022.- El Alcalde-Presidente, José Manuel Guillén Ruiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270579
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