Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/213-3)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se reasigna el crédito de la convocatoria de las líneas 1 y 2 destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de la economía social en las provincias de Almería y Huelva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17431/2
RESU ELV E
Único. Redistribuir el crédito presupuestario de los ejercicios económicos 2021 y 2022
de la provincia de Almería y Huelva entre las distintas líneas de subvención, asignando el
crédito sobrante de la línea 2 a la línea 1.
Partiendo de la cuantía inicial de los créditos presupuestados para cada una de las
líneas de subvenciones:
Línea subvencionable
Partida presupuestaria
Anualidad
2021 (euros)
Anualidad
2022 (euros)
Total crédito
(euros)
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Almería
1000170063G/72C/77808/04
A1221082E1 2021001061
312.138,00
140.716,00
452.854,00
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Almería
1000178069G/72C/77807/04
A1221082E7 2021000976
240.000,00
152.739,10
392.739,10
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Huelva
1000170063G/72C/77808/21
A1221082E1 2021001061
144.519
65.151
209.670
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Huelva
1000178069G/72C/77807/21
A1221082E7 2021000976
100.000
63.641,40
163.641,40
Se redistribuye el crédito sobrante en la línea 2, asignándose a la línea 1:
Línea subvencionable
Partida presupuestaria
Crédito inicial
(euros)
Crédito
sobrante/
reasignado
(euros)
Total crédito
(euros)
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Almería
1000170063G/72C/77808/04
A1221082E1 2021001061
452.854,00
239.609,01
692.463,01
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Almería
1000178069G/72C/77807/04
A1221082E7 2021000976
392.739,10
-239.609,01
153.130,09
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Huelva
1000170063G/72C/77808/21
A1221082E1 2021001061
209.670
61.725,13
271.395,13
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Huelva
1000178069G/72C/77807/21
A1221082E7 2021000976
163.641,40
-61.725,13
101.916,27
La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00270678
Sevilla, 28 de octubre de 2022.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 15.10.2021, BOJA núm. 202, de 20.10.2021), la Directora General,
Susana Romero Román.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17431/2
RESU ELV E
Único. Redistribuir el crédito presupuestario de los ejercicios económicos 2021 y 2022
de la provincia de Almería y Huelva entre las distintas líneas de subvención, asignando el
crédito sobrante de la línea 2 a la línea 1.
Partiendo de la cuantía inicial de los créditos presupuestados para cada una de las
líneas de subvenciones:
Línea subvencionable
Partida presupuestaria
Anualidad
2021 (euros)
Anualidad
2022 (euros)
Total crédito
(euros)
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Almería
1000170063G/72C/77808/04
A1221082E1 2021001061
312.138,00
140.716,00
452.854,00
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Almería
1000178069G/72C/77807/04
A1221082E7 2021000976
240.000,00
152.739,10
392.739,10
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Huelva
1000170063G/72C/77808/21
A1221082E1 2021001061
144.519
65.151
209.670
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Huelva
1000178069G/72C/77807/21
A1221082E7 2021000976
100.000
63.641,40
163.641,40
Se redistribuye el crédito sobrante en la línea 2, asignándose a la línea 1:
Línea subvencionable
Partida presupuestaria
Crédito inicial
(euros)
Crédito
sobrante/
reasignado
(euros)
Total crédito
(euros)
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Almería
1000170063G/72C/77808/04
A1221082E1 2021001061
452.854,00
239.609,01
692.463,01
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Almería
1000178069G/72C/77807/04
A1221082E7 2021000976
392.739,10
-239.609,01
153.130,09
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Huelva
1000170063G/72C/77808/21
A1221082E1 2021001061
209.670
61.725,13
271.395,13
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Huelva
1000178069G/72C/77807/21
A1221082E7 2021000976
163.641,40
-61.725,13
101.916,27
La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00270678
Sevilla, 28 de octubre de 2022.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 15.10.2021, BOJA núm. 202, de 20.10.2021), la Directora General,
Susana Romero Román.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja