Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/213-3)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se reasigna el crédito de la convocatoria de las líneas 1 y 2 destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de la economía social en las provincias de Almería y Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022

página 17431/2

RESU ELV E
Único. Redistribuir el crédito presupuestario de los ejercicios económicos 2021 y 2022
de la provincia de Almería y Huelva entre las distintas líneas de subvención, asignando el
crédito sobrante de la línea 2 a la línea 1.
Partiendo de la cuantía inicial de los créditos presupuestados para cada una de las
líneas de subvenciones:
Línea subvencionable

Partida presupuestaria

Anualidad
2021 (euros)

Anualidad
2022 (euros)

Total crédito
(euros)

Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Almería

1000170063G/72C/77808/04
A1221082E1 2021001061

312.138,00

140.716,00

452.854,00

Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Almería

1000178069G/72C/77807/04
A1221082E7 2021000976

240.000,00

152.739,10

392.739,10

Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Huelva

1000170063G/72C/77808/21
A1221082E1 2021001061

144.519

65.151

209.670

Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Huelva

1000178069G/72C/77807/21
A1221082E7 2021000976

100.000

63.641,40

163.641,40

Se redistribuye el crédito sobrante en la línea 2, asignándose a la línea 1:
Línea subvencionable

Partida presupuestaria

Crédito inicial
(euros)

Crédito
sobrante/
reasignado
(euros)

Total crédito
(euros)

Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Almería

1000170063G/72C/77808/04
A1221082E1 2021001061

452.854,00

239.609,01

692.463,01

Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Almería

1000178069G/72C/77807/04
A1221082E7 2021000976

392.739,10

-239.609,01

153.130,09

Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia
agrarias y mutualistas. Huelva

1000170063G/72C/77808/21
A1221082E1 2021001061

209.670

61.725,13

271.395,13

Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y
sociedades laborales de Andalucía. Huelva

1000178069G/72C/77807/21
A1221082E7 2021000976

163.641,40

-61.725,13

101.916,27

La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00270678

Sevilla, 28 de octubre de 2022.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 15.10.2021, BOJA núm. 202, de 20.10.2021), la Directora General,
Susana Romero Román.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja