Autoridades y personal. Universidades. (2022/213-35)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en plazas de personal funcionario de Administración y Servicios, correspondientes a la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de esta Universidad, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17477/9
b) Los servicios prestados, con vinculación de carácter temporal, como personal laboral
en otros puestos de trabajo del Área de Informática de la Universidad Málaga. Se valorará a
razón de 0,075 puntos por mes de servicios o fracción, hasta un máximo de 6 puntos.
c) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en Escalas
Informáticas encuadradas en el grupo A, subgrupo A2, de otras Universidades Públicas
se valorarán a razón de 0,050 puntos por mes de servicios o fracción hasta un máximo
de 4 puntos.
d) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en Cuerpos o
Escalas Informáticas encuadradas en el grupo A, subgrupo A2, de otras Administraciones
Públicas se valorarán a razón de 0,025 puntos por mes de servicios o fracción hasta un
máximo de 2 puntos.
Los servicios prestados fuera de la Universidad de Málaga se acreditarán mediante
documentación justificativa de dicha prestación, con expresión de las funciones concretas
que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo competente.
2. Otros méritos (máximo 1 punto).
Se valorarán los ejercicios superados en la fase de oposición de pruebas de acceso a
la función pública, a tenor de los siguientes criterios y ponderación:
a) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a la
Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Málaga se otorgarán
0,5 puntos.
b) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a
Escalas Informáticas encuadradas en el grupo A, subgrupo A2, de otras Universidades
Públicas se otorgarán 0,25 puntos.
c) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a
Cuerpos o Escalas Informáticas encuadradas en el grupo A, subgrupo A2, en otras
Administraciones Públicas se otorgarán 0,13 puntos.
3. Criterios de desempate.
En caso de producirse empates en las puntuaciones de diferentes personas
aspirantes, los mismos se resolverán de acuerdo con los siguientes criterios:
- En primer lugar, el empate se resolverá en favor de la persona que hubiera obtenido
mayor puntuación, en este orden, en los apartados 1.a), 1.b), 1.c), 1.d), 2.a), 2.b) y 2.c).
- Si persistiera el empate, éste se resolverá en favor de la persona que acredite más
servicios prestados, en este orden, en los apartados 1.a), 1.b), 1.c) y 1.d).
- De continuar el empate, éste se resolverá en favor de la persona que acredite más
ejercicios superados, en este orden, en los apartados 2.a), 2.b) y 2.c).
Si una vez aplicadas estas reglas no se ha resuelto el empate, éste se resolverá
iniciándose alfabéticamente, en relación al primer apellido, por el primero de la letra
que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, al sorteo realizado
anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad
con lo establecido en la correspondiente resolución de la mencionada Secretaría de Estado.
ANEXO II
Bloque I: Legislación.
1. El Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Estatutos de la Universidad de Málaga.
3. Legislación sobre protección de datos personales. El Reglamento (UE) 2016/679,
de 27 de abril. Principios y Derechos. Obligaciones.
Bloque II. Temas específicos.
4. Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Principios básicos. Requisitos mínimos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270717
Programa de la Fase de oposición.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17477/9
b) Los servicios prestados, con vinculación de carácter temporal, como personal laboral
en otros puestos de trabajo del Área de Informática de la Universidad Málaga. Se valorará a
razón de 0,075 puntos por mes de servicios o fracción, hasta un máximo de 6 puntos.
c) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en Escalas
Informáticas encuadradas en el grupo A, subgrupo A2, de otras Universidades Públicas
se valorarán a razón de 0,050 puntos por mes de servicios o fracción hasta un máximo
de 4 puntos.
d) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en Cuerpos o
Escalas Informáticas encuadradas en el grupo A, subgrupo A2, de otras Administraciones
Públicas se valorarán a razón de 0,025 puntos por mes de servicios o fracción hasta un
máximo de 2 puntos.
Los servicios prestados fuera de la Universidad de Málaga se acreditarán mediante
documentación justificativa de dicha prestación, con expresión de las funciones concretas
que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo competente.
2. Otros méritos (máximo 1 punto).
Se valorarán los ejercicios superados en la fase de oposición de pruebas de acceso a
la función pública, a tenor de los siguientes criterios y ponderación:
a) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a la
Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Málaga se otorgarán
0,5 puntos.
b) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a
Escalas Informáticas encuadradas en el grupo A, subgrupo A2, de otras Universidades
Públicas se otorgarán 0,25 puntos.
c) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a
Cuerpos o Escalas Informáticas encuadradas en el grupo A, subgrupo A2, en otras
Administraciones Públicas se otorgarán 0,13 puntos.
3. Criterios de desempate.
En caso de producirse empates en las puntuaciones de diferentes personas
aspirantes, los mismos se resolverán de acuerdo con los siguientes criterios:
- En primer lugar, el empate se resolverá en favor de la persona que hubiera obtenido
mayor puntuación, en este orden, en los apartados 1.a), 1.b), 1.c), 1.d), 2.a), 2.b) y 2.c).
- Si persistiera el empate, éste se resolverá en favor de la persona que acredite más
servicios prestados, en este orden, en los apartados 1.a), 1.b), 1.c) y 1.d).
- De continuar el empate, éste se resolverá en favor de la persona que acredite más
ejercicios superados, en este orden, en los apartados 2.a), 2.b) y 2.c).
Si una vez aplicadas estas reglas no se ha resuelto el empate, éste se resolverá
iniciándose alfabéticamente, en relación al primer apellido, por el primero de la letra
que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, al sorteo realizado
anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad
con lo establecido en la correspondiente resolución de la mencionada Secretaría de Estado.
ANEXO II
Bloque I: Legislación.
1. El Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Estatutos de la Universidad de Málaga.
3. Legislación sobre protección de datos personales. El Reglamento (UE) 2016/679,
de 27 de abril. Principios y Derechos. Obligaciones.
Bloque II. Temas específicos.
4. Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Principios básicos. Requisitos mínimos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270717
Programa de la Fase de oposición.