5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/213-68)
Acuerdo de 2 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de terrenos a ocupar con motivo de la ejecución de la obra que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17451/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Acuerdo de 2 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de
terrenos a ocupar con motivo de la ejecución de la obra que se cita.
El 8.6.2022, la Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en la actualidad Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, ordenó el inicio del procedimiento de expropiación
forzosa requerido para proceder a la ejecución del proyecto de obras de referencia.
Todo ello, por importe estimado de 11.066.459,69 euros, al objeto de tener resuelta la
disponibilidad de los terrenos con carácter previo a a la licitación del concurso para la
ejecución de las obras «02-GR-2152-0.0-0.0-PC. Acondicionamiento de la A-348 desde
la N-323 a Lanjarón. Tramo: Tablate-p.k. 3+800 (Granada)».
El Proyecto de Construcción de «02-GR-2152-0.0-0.0-PC. Acondicionamiento de la
A-348 desde la N-323 a Lanjarón. Tramo: Tablate-p.k. 3+800 (Granada) fue aprobado
el 3.6.2022 por la Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de
Carreteras de Andalucía, «la Declaración sobre necesidad de ocupación, así como
la Urgente ocupación están implícitas en la Aprobación del Proyecto, por lo que se
procederá a citar para levantamiento de actas previas a la ocupación, según lo previsto
en el art. 52 de la LEF».
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las
facultades que le concede el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE núm. 351,
de 17.12.1954), en relación con el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta
de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020), así como el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto
160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
ACUERDA
Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la
expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de El Pinar y del Ayuntamiento de Lanjarón (Granada), en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial
de Granada y en el Diario Ideal de Granada, valiendo estos anuncios como notificación
respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado
paradero, según los artículos 52.2 de la LEF y 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270701
Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa (LEF) y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16
de diciembre de 1954 y el Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOJA núm. 160, 20.6.1957).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17451/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Acuerdo de 2 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de
terrenos a ocupar con motivo de la ejecución de la obra que se cita.
El 8.6.2022, la Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en la actualidad Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, ordenó el inicio del procedimiento de expropiación
forzosa requerido para proceder a la ejecución del proyecto de obras de referencia.
Todo ello, por importe estimado de 11.066.459,69 euros, al objeto de tener resuelta la
disponibilidad de los terrenos con carácter previo a a la licitación del concurso para la
ejecución de las obras «02-GR-2152-0.0-0.0-PC. Acondicionamiento de la A-348 desde
la N-323 a Lanjarón. Tramo: Tablate-p.k. 3+800 (Granada)».
El Proyecto de Construcción de «02-GR-2152-0.0-0.0-PC. Acondicionamiento de la
A-348 desde la N-323 a Lanjarón. Tramo: Tablate-p.k. 3+800 (Granada) fue aprobado
el 3.6.2022 por la Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de
Carreteras de Andalucía, «la Declaración sobre necesidad de ocupación, así como
la Urgente ocupación están implícitas en la Aprobación del Proyecto, por lo que se
procederá a citar para levantamiento de actas previas a la ocupación, según lo previsto
en el art. 52 de la LEF».
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las
facultades que le concede el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE núm. 351,
de 17.12.1954), en relación con el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta
de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020), así como el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto
160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
ACUERDA
Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la
expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de El Pinar y del Ayuntamiento de Lanjarón (Granada), en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial
de Granada y en el Diario Ideal de Granada, valiendo estos anuncios como notificación
respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado
paradero, según los artículos 52.2 de la LEF y 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270701
Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa (LEF) y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16
de diciembre de 1954 y el Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOJA núm. 160, 20.6.1957).