Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/213-1)
Acuerdo de 2 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se declara el apoyo a las candidaturas de las ciudades de Sevilla y Huelva, mediante la emisión del informe que se acompaña como anexo de este acuerdo sobre la idoneidad de ambas ciudades andaluzas para su nominación como sede de la Agencia Espacial Española, de acuerdo con los criterios establecidos en la Orden TER/947/2022, de 4 de octubre, por la que se publica el informe de la Comisión consultiva para la determinación de la sede de la futura Agencia Espacial Española y acuerdo de apertura del plazo de presentación de candidaturas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022

página 17515/3

A NE XO
Informe del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía apoyando la idoneidad de
las ciudades de Sevilla y Huelva para su nominación como sede de la Agencia Espacial
Española, de acuerdo con los criterios establecidos en la Orden TER/947/2022, de 4 de
octubre.

1. Finalidad de la Agencia Espacial Española AEE y su desarrollo en el ámbito del
PERTE Aeroespacial.
El Consejo de Ministros aprobó el 22 de marzo de 2022, el Proyecto Estratégico para
la Recuperación y la Transformación Económica (PERTE) del sector aeroespacial, con
el objetivo fundamental de que la industria aeroespacial española se convierta en un
actor clave en el sector. Este PERTE se caracteriza, principalmente, por: su importancia
estratégica, su capacidad de movilización de diferentes sectores industriales y el efecto
tractor de sus actuaciones en el ámbito de la I+D+i.
La inversión prevista se sitúa alrededor de los 3.000 millones de euros, 1.940 de ellos
procedentes de fondos europeos y del presupuesto ordinario del Ministerio, y el resto de
capital privado.
Los objetivos específicos del PERTE se articulan en torno a tres pilares: aeronáutico,
espacial y transversal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270760

0. Objeto y alcance del informe.
Conocidos los criterios que se tendrán en cuenta para la determinación de la localidad
que ubicará la sede física de la futura Agencia Espacial Española, de acuerdo al informe
de la Comisión consultiva correspondiente publicado mediante Orden TER/947/2022,
de 4 de octubre, el presente informe se centra en el análisis comparativo de las
potencialidades con que cuentan las candidaturas de las ciudades de Sevilla y Huelva
a efectos de su selección conforme a los criterios establecidos desde la Administración
General del Estado.
Y ello, considerando que la referida Orden TER/947/2022, de 4 de octubre, incorpora
el siguiente tenor:
«Se valorará positivamente que la candidatura venga acompañada de un informe
emitido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente
apoyando la idoneidad de la misma. En el caso de que en el ámbito territorial de una
comunidad autónoma se hubiese postulado más de una candidatura, este informe deberá
indicar el orden de preferencia de cada una de las localidades en cuestión».
Respecto al alcance del presente informe, el mismo se refiere a la letra c) del apartado
3. «Criterios que se tendrán en cuenta» que se dirige a las características de la localidad,
en tanto que los criterios de adecuación a las necesidades de la Agencia (criterio b) y
de propuestas de las entidades que postulen una candidatura (criterio d) dependerá de
la propuesta que acompañe a cada candidatura, que se conocerá en el momento de su
presentación, algo que no ha ocurrido en el momento de emisión de este informe. Por
su parte, en lo referente al criterio de elementos generales (criterio a), los elementos a
valorar solo están descritos de forma genérica y no permiten realizar una comparación
efectiva, si bien se percibe que no hay elementos de diferenciación significativos en los
mismos en las ciudades de Sevilla y Huelva, presentando ambas ciudades unas tasas de
desempleo similares (26,6% en Huelva y 24,2% en Sevilla) o un porcentaje de población
joven igualmente de un mismo orden de magnitud (19,5% en Sevilla y 20,4% en Huelva).
El presente Informe no se dirige, en modo alguno, a justificar el nivel de cumplimiento
de los criterios establecidos en el apartado 4 «Presentación de las candidaturas» de la
Orden TER/947/2022, de 4 de octubre, lo cual corresponde exclusivamente a las entidades
municipales involucradas en el procedimiento de presentación de las correspondientes
candidaturas.