Autoridades y personal. Universidades. (2022/211-56)
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso libre, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla.
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Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022
página 17283/7
como secretario/a con voz, pero sin voto, un miembro del Área de Recursos Humanos
nombrado por el Rector. En la composición del Tribunal de Valoración se recogerá el
principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.
La composición de las personas integrantes del Tribunal de Valoración se hará pública
mediante Resolución Rectoral, la cual podrá se anterior o coincidente con la resolución
de personas admitidas y excluidas a que se refiere en la base 4.
5.2. Abstención y recusación. Las personas integrantes del Tribunal de Valoración
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla,
cuando concurran en ellas circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El/la Presidente/a deberá solicitar de las personas integrantes del Tribunal de
Valoración declaración expresa de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en
dichos artículos, habiendo de constar por escrito la inexistencia de dicha circunstancia.
Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a las personas integrantes del Tribunal
de Valoración cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
5.3. Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas
selectivas la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombre a los
nuevos miembros del Tribunal de Valoración que hayan de sustituir a los que hayan
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4. Constitución. Previa convocatoria del/la Presidente/a, se constituirá el Tribunal de
Valoración con asistencia obligada de Presidente/a y Secretario/a y de la mitad al menos
de sus miembros.
En la sesión de constitución, el Tribunal de Valoración acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, para actuar válidamente,
requerirá la misma mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, indicada anteriormente.
Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa
procedimental y actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia
de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada
ejercicio, así como cualquier decisión que afecte al procedimiento.
El Tribunal de Valoración podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime
pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas.
5.5. Actuación del Tribunal durante el proceso. El Tribunal resolverá las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de las bases, acordando las medidas necesarias para
resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. El Tribunal
actuará de acuerdo con el principio de transparencia.. El procedimiento de actuación del
Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6. Garantía de corrección de ejercicios. El/la Presidente/a del Tribunal de Valoración
adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se
conozca la identidad de las personas candidatas.
5.7. Información a las personas participantes. A efecto de comunicaciones y
demás incidencias, el Tribunal de Valoración tendrá su sede en la Universidad de
Sevilla, C/ San Fernando, núm. 4, teléfonos 954 551 070 o 954 556 920. También se
podrá solicitar información a través de correo electrónico a la siguiente dirección:
seleccionpasfuncionario@us.es
El Tribunal de Valoración dispondrá en esta sede, al menos una persona, miembro
o no del Tribunal de Valoración, para atender cuantas cuestiones sean planteadas en
relación con estas pruebas selectivas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270529
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 17283/7
como secretario/a con voz, pero sin voto, un miembro del Área de Recursos Humanos
nombrado por el Rector. En la composición del Tribunal de Valoración se recogerá el
principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.
La composición de las personas integrantes del Tribunal de Valoración se hará pública
mediante Resolución Rectoral, la cual podrá se anterior o coincidente con la resolución
de personas admitidas y excluidas a que se refiere en la base 4.
5.2. Abstención y recusación. Las personas integrantes del Tribunal de Valoración
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla,
cuando concurran en ellas circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El/la Presidente/a deberá solicitar de las personas integrantes del Tribunal de
Valoración declaración expresa de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en
dichos artículos, habiendo de constar por escrito la inexistencia de dicha circunstancia.
Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a las personas integrantes del Tribunal
de Valoración cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
5.3. Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas
selectivas la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombre a los
nuevos miembros del Tribunal de Valoración que hayan de sustituir a los que hayan
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4. Constitución. Previa convocatoria del/la Presidente/a, se constituirá el Tribunal de
Valoración con asistencia obligada de Presidente/a y Secretario/a y de la mitad al menos
de sus miembros.
En la sesión de constitución, el Tribunal de Valoración acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, para actuar válidamente,
requerirá la misma mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, indicada anteriormente.
Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa
procedimental y actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia
de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada
ejercicio, así como cualquier decisión que afecte al procedimiento.
El Tribunal de Valoración podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime
pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas.
5.5. Actuación del Tribunal durante el proceso. El Tribunal resolverá las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de las bases, acordando las medidas necesarias para
resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. El Tribunal
actuará de acuerdo con el principio de transparencia.. El procedimiento de actuación del
Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6. Garantía de corrección de ejercicios. El/la Presidente/a del Tribunal de Valoración
adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se
conozca la identidad de las personas candidatas.
5.7. Información a las personas participantes. A efecto de comunicaciones y
demás incidencias, el Tribunal de Valoración tendrá su sede en la Universidad de
Sevilla, C/ San Fernando, núm. 4, teléfonos 954 551 070 o 954 556 920. También se
podrá solicitar información a través de correo electrónico a la siguiente dirección:
seleccionpasfuncionario@us.es
El Tribunal de Valoración dispondrá en esta sede, al menos una persona, miembro
o no del Tribunal de Valoración, para atender cuantas cuestiones sean planteadas en
relación con estas pruebas selectivas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270529
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía