Autoridades y personal. Universidades. (2022/211-56)
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso libre, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022
página 17283/5
requisitos señalados en el párrafo anterior. En cuanto a la acreditación de las rentas, se
realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado
del nivel de renta que podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia
Tributaria en el enlace:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y _Servicios/
Certificaciones/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml
- Las personas con discapacidad: certificado, en vigor, acreditativo de tal condición y
del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.
- Las personas víctimas del terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos:
resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.
- Los miembros de familias numerosas de categoría especial o general: título vigente
acreditativo de tal condición, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en
la Entidad Bancaria correspondiente. La no presentación de solicitud, aun justificándose
el abono de dichos derechos, dará lugar a la exclusión definitiva de la persona solicitante.
El abono de la tasa por derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión del aspirante.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril,
de tasas y precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido,
cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo,
debiendo el interesado solicitar la devolución de las cantidades ingresadas aportando los
datos necesarios para la transferencia bancaria correspondiente. Por tanto, no procederá
devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las
pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
3.4. Lugar de presentación de la solicitud. Una vez realizados los anteriores trámites,
las personas interesadas en participar en este proceso selectivo deberán presentar su
petición mediante alguno de estos medios:
3.4.1. Preferentemente de forma telemática: (requiere certificado digital de la FNMT),
a través del procedimiento «Presentación de instancias y solicitudes. Modelo genérico»
disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
a la que se adjuntará a la solicitud generada la documentación correspondiente en
formato PDF, indicando como destino en la solicitud «Universidad de Sevilla».
Se deberá considerar válidamente enviada de forma telemática la solicitud si al final
del proceso de envío de la instancia genérica, una vez pulsado el botón de «Firmar y
presentar», el sistema genera un recibo acreditativo de la presentación de la solicitud en
el Registro de la Universidad de Sevilla.
3.4.2. De forma presencial: en el Registro General de la Universidad de Sevilla, a
través de las Oficinas de Asistencia en materia de Registros sitas en C/ San Fernando, 4
(Rectorado), o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil), para lo cual se deberá
solicitar cita previa siguiendo la información que figura en el siguiente enlace:
https://institucional.us.es/cprevias/index.php
3.4.3. Presentación en cualquiera de las formas presenciales establecidas en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Se ha de tener en cuenta que las solicitudes que se
presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser selladas
y fechadas antes de su envío certificado.
Las solicitudes y cualquier escrito de reclamación que presenten las personas
aspirantes en otro registro diferente al general de la Universidad de Sevilla, al amparo
del artículo antes referido (16.4 de la Ley 30/2015) deberán ser comunicadas en el mismo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270529
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 17283/5
requisitos señalados en el párrafo anterior. En cuanto a la acreditación de las rentas, se
realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado
del nivel de renta que podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia
Tributaria en el enlace:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y _Servicios/
Certificaciones/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml
- Las personas con discapacidad: certificado, en vigor, acreditativo de tal condición y
del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.
- Las personas víctimas del terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos:
resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.
- Los miembros de familias numerosas de categoría especial o general: título vigente
acreditativo de tal condición, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en
la Entidad Bancaria correspondiente. La no presentación de solicitud, aun justificándose
el abono de dichos derechos, dará lugar a la exclusión definitiva de la persona solicitante.
El abono de la tasa por derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión del aspirante.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril,
de tasas y precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido,
cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo,
debiendo el interesado solicitar la devolución de las cantidades ingresadas aportando los
datos necesarios para la transferencia bancaria correspondiente. Por tanto, no procederá
devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las
pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
3.4. Lugar de presentación de la solicitud. Una vez realizados los anteriores trámites,
las personas interesadas en participar en este proceso selectivo deberán presentar su
petición mediante alguno de estos medios:
3.4.1. Preferentemente de forma telemática: (requiere certificado digital de la FNMT),
a través del procedimiento «Presentación de instancias y solicitudes. Modelo genérico»
disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
a la que se adjuntará a la solicitud generada la documentación correspondiente en
formato PDF, indicando como destino en la solicitud «Universidad de Sevilla».
Se deberá considerar válidamente enviada de forma telemática la solicitud si al final
del proceso de envío de la instancia genérica, una vez pulsado el botón de «Firmar y
presentar», el sistema genera un recibo acreditativo de la presentación de la solicitud en
el Registro de la Universidad de Sevilla.
3.4.2. De forma presencial: en el Registro General de la Universidad de Sevilla, a
través de las Oficinas de Asistencia en materia de Registros sitas en C/ San Fernando, 4
(Rectorado), o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil), para lo cual se deberá
solicitar cita previa siguiendo la información que figura en el siguiente enlace:
https://institucional.us.es/cprevias/index.php
3.4.3. Presentación en cualquiera de las formas presenciales establecidas en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Se ha de tener en cuenta que las solicitudes que se
presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser selladas
y fechadas antes de su envío certificado.
Las solicitudes y cualquier escrito de reclamación que presenten las personas
aspirantes en otro registro diferente al general de la Universidad de Sevilla, al amparo
del artículo antes referido (16.4 de la Ley 30/2015) deberán ser comunicadas en el mismo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270529
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía