3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/211-63)
Resolución de 15 de julio de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, por la que se ordena proceder al registro y publicación del instrumento de planeamiento Modificación del PGOU Sector Residencial R-8 «Las Margaritas» del municipio de El Coronil (Sevilla), al tener por subsanadas las deficiencias consignadas por el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba definitivamente el instrumento mencionado, en los términos del art. 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022

página 17140/6

• El Servicio de Carreteras comunica con fecha 3.12.2020 que la actuación queda
fuera del ámbito de las carreteras gestionadas por la Junta de Andalucía.
• El Servicio de Vivienda mediante oficio de 11.11.2020 se ratifica en el contenido
del informe favorable emitido el 3.10.2016.
• El Ministerio de Defensa mediante oficio de 2.12.2020 se ratifica en el contenido
del informe favorable emitido el 30.4.2018.
• Aguas del Huesna emite informe de 8.10.2020 con una vigencia de 24 meses
ratificándose en el contenido de los informes de viabilidad anteriores de fechas
2014 y 2018.
• La Dirección General de Telecomunicaciones emite informe de ratificación en
sentido favorable el 12.3.2021.
• En relación a Endesa consta solicitud de informe de ratificación de fechas
23.9.2020 y 20.5.2021 sin que conste respuesta de dicho organismo por lo que el
Ayuntamiento emite un informe justificativo de la procedencia de continuar con la
tramitación dado que el informe solicitado a Endesa no se encuentra entre los de
carácter preceptivo y vinculante.
- Documento técnico diligenciado con aprobación provisional por el pleno en sesión
de 29.7.2020.
Revisada la referida documentación, se comprueba que el certificado del acuerdo
plenario esta sin firmar, que el documento técnico no está correctamente diligenciado y
que no se aporta la Declaración Ambiental Estratégica Final; por por lo que con fechas
de registro de salida de 12.7.21, 15.7.21 y 24.8.2021, se efectúan por el Servicio de
Urbanismo, requerimientos de subsanación al respecto.
El 5.8.2021 y 14.10.21 se recibe en esta Delegación Territorial documentación para
completar el expediente. En concreto:
- Certificado de la Secretaria General del Ayuntamiento firmado en relación al Acuerdo
de Pleno en sesión ordinaria de 29.7.2020 de aprobación del documento de cumplimiento
para el levantamiento de suspensión.
- Documento técnico diligenciado con aprobación provisional por el Pleno en sesión
de 29 de julio de 2020.
- Declaración Ambiental Estratégica Final de 7.10.2021 ratificando la Declaración
Ambiental Estratégica de 15.11.2017.
Tercero. Tras el estudio y análisis del expediente administrativo y del documento
técnico por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, se emite Informe técnico-jurídico,
con fecha 16.11.2021, el cual tiene por objeto comprobar que se ha procedido a la
subsanación de las deficiencias sustanciales expuestas en el fundamento de derecho
cuarto de la Resolución de la CTOTU de fecha 8.4.2019, que dieron lugar a la suspensión
de la aprobación definitiva del instrumento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. En cuanto al contenido documental de este instrumento de planeamiento
y de su tramitación administrativa en fase municipal, se ha seguido el procedimiento
regulado en los artículos 19, 32, 36 y 39, de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270407

Primero. El presente instrumento urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras
la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística
de Andalucía (LOUA), por lo que, tanto la tramitación para su aprobación, como sus
determinaciones, deben ajustarse a lo que la referida ley establezca.