3. Otras disposiciones. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/210-25)
Orden de 27 de octubre de 2022, por la que se establece la distribución complementaria de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las Ayudas Económicas Familiares correspondientes al ejercicio 2022, con crédito procedente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Miércoles, 2 de noviembre de 2022
página 17190/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 27 de octubre de 2022, por la que se establece la distribución
complementaria de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la
financiación de las Ayudas Económicas Familiares correspondientes al ejercicio
2022, con crédito procedente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Infancia, Adolescencia
y Juventud, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270450
El Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establece la naturaleza y prestaciones
de los servicios sociales comunitarios, define en su artículo 7.4 las Ayudas Económicas
Familiares como una prestación propia de los mismos, de carácter temporal y preventivo,
y cuya finalidad es mantener a personas menores de edad en su medio familiar, debiendo
gestionarse las mismas por dichos servicios sociales comunitarios.
Mediante el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de
financiación de los servicios sociales comunitarios en Andalucía, se establece que
los créditos presupuestarios destinados a la financiación de dichos servicios sociales
serán transferidos por la Consejería competente en la materia y distribuidos entre
las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con
población superior a veinte mil habitantes y las cantidades se abonarán en concepto de
transferencias de financiación.
Por Orden de 10 de octubre de 2013, se regulan las Ayudas Económicas Familiares y
su gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales,
disponiéndose en su artículo 7 la documentación necesaria para la liquidación de los
créditos distribuidos.
El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, asigna a la misma
competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios y
competencias en la planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas
en relación con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y
conciliación.
Mediante la Orden de 1 de junio de 2022, se establece la distribución de las cantidades
a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las Ayudas Económicas
Familiares correspondientes al ejercicio 2022, con cargo a la partida del Presupuesto de
la Junta de Andalucía para el año 2022 siguiente:
1600010000 G/31E/46504/00, por una cuantía total de 3.569.998 €.
Con posterioridad a su publicación, en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el
día 31 de mayo de 2022, a propuesta de la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030,
se ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial
entre las comunidades autónomas (excepto País Vasco y Navarra) y ciudades de Ceuta
y Melilla, para su sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia, del crédito destinado a la financiación
en 2022 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil. De
acuerdo con la distribución resultante, para el ejercicio 2022, la cuantía para el Programa
de Ayudas Económicas Familiares asciende a la cantidad de 11.280.622,37 €, en la partida
presupuestaria 1600180000 G/31E/46401/00 S0656.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Miércoles, 2 de noviembre de 2022
página 17190/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 27 de octubre de 2022, por la que se establece la distribución
complementaria de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la
financiación de las Ayudas Económicas Familiares correspondientes al ejercicio
2022, con crédito procedente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Infancia, Adolescencia
y Juventud, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270450
El Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establece la naturaleza y prestaciones
de los servicios sociales comunitarios, define en su artículo 7.4 las Ayudas Económicas
Familiares como una prestación propia de los mismos, de carácter temporal y preventivo,
y cuya finalidad es mantener a personas menores de edad en su medio familiar, debiendo
gestionarse las mismas por dichos servicios sociales comunitarios.
Mediante el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de
financiación de los servicios sociales comunitarios en Andalucía, se establece que
los créditos presupuestarios destinados a la financiación de dichos servicios sociales
serán transferidos por la Consejería competente en la materia y distribuidos entre
las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con
población superior a veinte mil habitantes y las cantidades se abonarán en concepto de
transferencias de financiación.
Por Orden de 10 de octubre de 2013, se regulan las Ayudas Económicas Familiares y
su gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales,
disponiéndose en su artículo 7 la documentación necesaria para la liquidación de los
créditos distribuidos.
El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, asigna a la misma
competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios y
competencias en la planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas
en relación con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y
conciliación.
Mediante la Orden de 1 de junio de 2022, se establece la distribución de las cantidades
a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las Ayudas Económicas
Familiares correspondientes al ejercicio 2022, con cargo a la partida del Presupuesto de
la Junta de Andalucía para el año 2022 siguiente:
1600010000 G/31E/46504/00, por una cuantía total de 3.569.998 €.
Con posterioridad a su publicación, en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el
día 31 de mayo de 2022, a propuesta de la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030,
se ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial
entre las comunidades autónomas (excepto País Vasco y Navarra) y ciudades de Ceuta
y Melilla, para su sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia, del crédito destinado a la financiación
en 2022 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil. De
acuerdo con la distribución resultante, para el ejercicio 2022, la cuantía para el Programa
de Ayudas Económicas Familiares asciende a la cantidad de 11.280.622,37 €, en la partida
presupuestaria 1600180000 G/31E/46401/00 S0656.