3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/209-63)
Resolución de 26 de octubre de 2022, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se delega la competencia para expedir certificados acreditativos de la participación en actividades formativas y para promover inscripciones de los cursos organizados y homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Lunes, 31 de octubre de 2022
página 17121/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 26 de octubre de 2022, del Instituto Andaluz de Administración
Pública, por la que se delega la competencia para expedir certificados
acreditativos de la participación en actividades formativas y para promover
inscripciones de los cursos organizados y homologados por el Instituto Andaluz
de Administración Pública.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 101 y 102 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en concordancia
con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270387
El Decreto 249/1997, de 28 de octubre, por el que se regula el régimen de formación
a impartir por el Instituto Andaluz de Administración Pública regula en su artículo 10 la
expedición de los certificados acreditativos de la realización de las acciones formativas.
Y, según las atribuciones recogidas en el Decreto 277/2009, de 16 de junio, por el que se
aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, corresponde a la
Dirección del Instituto dicha expedición de los certificados.
Por otra parte, la Orden de 1 de junio de 1993 de la Consejería de Presidencia,
aprobada en uso de las facultades conferidas por la disposición final primera del Decreto
9/1986, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento regulador del Registro
General de Personal, dispuso la inscripción en el Registro General de Personal de los
cursos de formación impartidos y homologados por el Instituto Andaluz de Administración
Pública y que el Instituto promovería la correspondiente diligencia provisional para la
inscripción de los cursos de formación realizados.
El creciente grado de descentralización en la gestión de las actividades formativas
del Instituto ha llevado desde 2013 a delegar la competencia referida con el fin lograr
una mayor eficacia en la inscripción de las actividades formativas. Por ello, la resolución
de 6 de noviembre de 2019 delegaba esta competencia en las personas titulares de las
Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y de las Secretarías Generales de
dichas Delegaciones del Gobierno.
Sin embrago, tras el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de
8 de agosto, corresponden a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función
Pública las competencias en materia de Administración Pública que venía ejerciendo la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior.
Por ello, el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, adscribe el
Instituto Andaluz de Administración Pública a dicha Consejería, a través de la Secretaría
General para la Administración Pública.
Y la disposición adicional decimotercera del Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por
el que se modifica el Decreto 226/2020, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, adscribe a las Delegaciones
Territoriales de Justicia, Administración Local y Función Pública los servicios periféricos
de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, de la que dependen
orgánicamente aquellas.
En consecuencia, se hace necesaria una nueva regulación que adapte la delegación
de las competencias referidas a esta nueva situación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Lunes, 31 de octubre de 2022
página 17121/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 26 de octubre de 2022, del Instituto Andaluz de Administración
Pública, por la que se delega la competencia para expedir certificados
acreditativos de la participación en actividades formativas y para promover
inscripciones de los cursos organizados y homologados por el Instituto Andaluz
de Administración Pública.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 101 y 102 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en concordancia
con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270387
El Decreto 249/1997, de 28 de octubre, por el que se regula el régimen de formación
a impartir por el Instituto Andaluz de Administración Pública regula en su artículo 10 la
expedición de los certificados acreditativos de la realización de las acciones formativas.
Y, según las atribuciones recogidas en el Decreto 277/2009, de 16 de junio, por el que se
aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, corresponde a la
Dirección del Instituto dicha expedición de los certificados.
Por otra parte, la Orden de 1 de junio de 1993 de la Consejería de Presidencia,
aprobada en uso de las facultades conferidas por la disposición final primera del Decreto
9/1986, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento regulador del Registro
General de Personal, dispuso la inscripción en el Registro General de Personal de los
cursos de formación impartidos y homologados por el Instituto Andaluz de Administración
Pública y que el Instituto promovería la correspondiente diligencia provisional para la
inscripción de los cursos de formación realizados.
El creciente grado de descentralización en la gestión de las actividades formativas
del Instituto ha llevado desde 2013 a delegar la competencia referida con el fin lograr
una mayor eficacia en la inscripción de las actividades formativas. Por ello, la resolución
de 6 de noviembre de 2019 delegaba esta competencia en las personas titulares de las
Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y de las Secretarías Generales de
dichas Delegaciones del Gobierno.
Sin embrago, tras el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de
8 de agosto, corresponden a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función
Pública las competencias en materia de Administración Pública que venía ejerciendo la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior.
Por ello, el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, adscribe el
Instituto Andaluz de Administración Pública a dicha Consejería, a través de la Secretaría
General para la Administración Pública.
Y la disposición adicional decimotercera del Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por
el que se modifica el Decreto 226/2020, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, adscribe a las Delegaciones
Territoriales de Justicia, Administración Local y Función Pública los servicios periféricos
de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, de la que dependen
orgánicamente aquellas.
En consecuencia, se hace necesaria una nueva regulación que adapte la delegación
de las competencias referidas a esta nueva situación.