3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Consumo. (2022/208-46)
Orden de 18 de octubre de 2022, por la que se presta conformidad, por delegación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, para la suscripción del Convenio entre la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Huétor Vega sobre la encomienda de gestión de actuaciones de tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Viernes, 28 de octubre de 2022

página 16968/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

El artículo 55.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en adelante Estatuto, dispone
la competencia compartida de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la ordenación y la
ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en
todos los ámbitos, incluyendo la salud laboral, la sanidad animal con efecto sobre la salud
humana, la sanidad alimentaria, la sanidad ambiental y la vigilancia epidemiológica. El artículo
60.1.a) incluye, como competencia de la Comunidad Autónoma en materia de régimen local,
las relaciones entre las instituciones de la Junta de Andalucía y los entes locales, así como
las técnicas de organización y de relación para la cooperación y la colaboración entre los
entes locales y entre éstos y la Administración de la Comunidad Autónoma, incluyendo las
distintas formas asociativas mancomunales, convencionales y consorciales.
El artículo 92.2.h) del Estatuto establece como competencia propia de los
Ayuntamientos la de cooperación con otras Administraciones Públicas para la promoción,
defensa y protección del medio ambiente y de la salud pública.
El artículo 25.2.j), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local, dispone que el municipio ejercerá, en todo caso, como competencia propia, en los
términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, la materia de
protección de la salubridad pública.
El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, determina que la realización de actividades de carácter material o técnico de
la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público
podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de derecho público de la misma o
de distinta administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades,
por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su
desempeño, sin que la realización de la actividad encomendada suponga la transferencia
de la titularidad ni del ejercicio de las competencias que corresponden al Ayuntamiento
respecto de la tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública.
Igualmente, en dicho artículo, establece que cuando la encomienda de gestión se
realice entre órganos y Entidades de Derecho Público de distintas Administraciones se
formalizará mediante firma del correspondiente Convenio entre ellas.
El artículo 37 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece que
la Consejería competente en materia de salud cooperará con los municipios, prestándoles
el apoyo técnico preciso para el ejercicio de las competencias en materia de salud
pública que esta Ley les atribuye y, en su caso, podrá intervenir de forma subsidiaria,
conforme a lo previsto en la normativa vigente en materia de régimen local. Igualmente,
en sus artículos 27.2.a) y 38.1, se relacionan, respectivamente, la competencia de los
Alcaldes para sancionar hasta 15.025,30 euros las infracciones sanitarias, así como
las competencias que en materia de salud pública ejercerán los municipios, según las
condiciones previstas en la legislación vigente de régimen local.
El artículo 9 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de
Andalucía, dispone que en las relaciones entre la Administración de la Junta de Andalucía y
el resto de Administraciones Públicas, el contenido del deber de colaboración se desarrollará
a través de los instrumentos y procedimientos que se establezcan de manera voluntaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270228

Orden de 18 de octubre de 2022, por la que se presta conformidad, por
delegación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, para la
suscripción del Convenio entre la Consejería de Salud y Consumo de la Junta
de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Huétor Vega sobre la encomienda
de gestión de actuaciones de tramitación de procedimientos sancionadores en
materia de salud pública.