Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/207-1)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Viceconsejería, por la que se convoca la XXXVII edición de los Premios Andalucía de Periodismo, correspondiente al año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Jueves, 27 de octubre de 2022

página 16931/2

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 de la Orden de 11 de noviembre
de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia
competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, y dejando
suspendida, sin ser objeto de la presente convocatoria la modalidad de infografía, los
premios se concederán en las siguientes modalidades:
a) Prensa escrita.
b) Radio.
c) Televisión.
d) Fotoperiodismo.
e) Proyección internacional de Andalucía.
Segundo. Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá por lo establecido en el artículo 2 de la Orden de
11 de noviembre de 2021.

Cuarto. Requisitos de publicación de los trabajos a presentar y documentación a
presentar.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Orden de 11 de noviembre
de 2021, los trabajos que se presenten deberán haber sido difundidos o publicados en los
medios de comunicación dentro del periodo comprendido entre el 26 de noviembre de
2021 y el día anterior a la publicación de la presente convocatoria en el BOJA. Debiendo
constar expresamente su fecha de publicación.
2. Con carácter general, como requisitos de los trabajos a presentar, se deberán
cumplir los establecidos en el artículo 4 de la Orden de 11 de noviembre de 2021.
3. La documentación a presentar será la establecida en el artículo 6 de la Orden de
11 de noviembre de 2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270198

Tercero. Solicitudes. Plazo, forma y lugar de presentación.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir
del mismo día de la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
2. Las personas interesadas en participar en estos premios deberán dirigir las
solicitudes a la Viceconsejería de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa.
3. Las personas físicas referidas en los apartados a) y b) del artículo 4 de la Orden
de 11 de noviembre de 2021 podrán optar por la presentación de las solicitudes a través
del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, que será
preferente, y en los restantes registros electrónicos del artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien por los otros lugares y registros a que se refiere el artículo 16.4.
4. Las personas jurídicas referidas en el apartado c) del artículo 4 de la Orden de 11
de noviembre de 2021 deberán presentar las solicitudes a través del Registro Electrónico
Único de la Administración de la Junta de Andalucía, que será preferente, o en los
restantes registros electrónicos a que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
5. Las solicitudes se presentarán ajustándose a los formularios que constan como
Anexo I de la presente resolución de convocatoria, que además estará disponible en
soporte papel y en el portal de la administración la Junta de Andalucía, a través de la
página web de la Consejería competente en materia de la Presidencia. En la solicitud
deberá constar la identidad de las personas interesadas y se acompañará de la
documentación exigible para cada modalidad, de acuerdo con el artículo 6 de la Orden de
11 de noviembre de 2011.