Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/206-4)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Eventos e Instalaciones Deportivas, por la que se convoca, para el ejercicio 2022, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas Olimpus en el ámbito del deporte de rendimiento.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Miércoles, 26 de octubre de 2022
página 16791/2
2. El porcentaje máximo de la subvención será el 100% del presupuesto presentado,
con un importe cierto establecido de 4.000 € de cada ayuda individual, para un total de
52.000 € de crédito presupuestario.
Artículo 3. Aprobación de los formularios.
Se aprueban el formulario que se indica y que constan como anexos a la presente
orden, al que deberán ajustarse las solicitudes presentadas:
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
Se podrá acceder a los citados formularios a través del Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones en la web http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index
Artículo 4. Solicitudes y plazo de presentación.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de siete días naturales, contados a
partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones. Si durante el plazo de presentación una entidad interesada presentase
varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última registrada en plazo anula a
todas las anteriores.
2. Las solicitudes deberán cumplimentarse a través de la siguiente dirección
electrónica
https://juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/19356/datos-basicos.html
e irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del CuadroResumen de las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 16 de octubre de 2019.
Se presentarán en los lugares indicados en el apartado 10.c) del citado cuadro resumen
de las bases reguladoras.
Artículo 5. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al que se publique en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
00270054
Sevilla, 19 de octubre de 2022.- La Directora General, Isabel Sánchez Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Miércoles, 26 de octubre de 2022
página 16791/2
2. El porcentaje máximo de la subvención será el 100% del presupuesto presentado,
con un importe cierto establecido de 4.000 € de cada ayuda individual, para un total de
52.000 € de crédito presupuestario.
Artículo 3. Aprobación de los formularios.
Se aprueban el formulario que se indica y que constan como anexos a la presente
orden, al que deberán ajustarse las solicitudes presentadas:
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
Se podrá acceder a los citados formularios a través del Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones en la web http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index
Artículo 4. Solicitudes y plazo de presentación.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de siete días naturales, contados a
partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones. Si durante el plazo de presentación una entidad interesada presentase
varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última registrada en plazo anula a
todas las anteriores.
2. Las solicitudes deberán cumplimentarse a través de la siguiente dirección
electrónica
https://juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/19356/datos-basicos.html
e irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del CuadroResumen de las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 16 de octubre de 2019.
Se presentarán en los lugares indicados en el apartado 10.c) del citado cuadro resumen
de las bases reguladoras.
Artículo 5. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al que se publique en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
00270054
Sevilla, 19 de octubre de 2022.- La Directora General, Isabel Sánchez Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja