Autoridades y personal. Defensor del Pueblo Andaluz. (2022/205-33)
Resolución de 20 de octubre de 2022, del Defensor del Pueblo Andaluz, por la que se convoca una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo discapacidad intelectual, para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno y tareas de apoyo administrativo en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 205 - Martes, 25 de octubre de 2022
página 16676/5
Tras ello, se publicará en el sitio web de la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz
(https://www.defensordelpuebloandaluz.es/contratacion/becas) una relación ordenada en
base a la puntuación obtenida por aquellas personas cuyas solicitudes hubiesen sido
admitidas. La misma aparecerá igualmente disociada conforme a los criterios señalados
en el punto 1 anterior.
Fase III. Entrevista con la Comisión de Selección.
Concluida la Fase II, la Comisión de Selección convocará a las tres personas
que hubiesen obtenido mayor puntuación en la fase de valoración de méritos para la
realización de una entrevista personal.
En el supuesto en que se produjese algún desistimiento, se llamará a la persona
siguiente con mayor puntuación.
El acceso a esta fase de entrevista se hará en igualdad de condiciones, de tal manera
que la propuesta de concesión de la beca se dirigirá a la persona que obtenga mejor
resultado en esta fase de entrevista.
La entrevista consistirá en preguntas sobre aspectos relativos a habilidades
personales, laborales y sociales, e irá orientada a evaluar el potencial aprovechamiento
que la persona solicitante pudiera hacer de la beca, atendiendo al propósito de esta.
Con anterioridad a la entrevista, y siempre que se hubiese consentido, la Comisión de
Selección podrá interesar a la entidad, asociación o fundación que hubiese sido indicada
en la solicitud de concesión de beca, la evacuación de informe sobre la persona interesada.
Fase IV. Propuesta de concesión de la beca.
Tras la realización de las entrevistas, la Comisión de Selección elevará al Defensor
del Pueblo Andaluz una propuesta de concesión de beca.
La misma recaerá en aquella persona que, a juicio de la Comisión de Selección,
presente un mayor potencial de aprovechamiento, indicándose en todo caso el orden en
que hubiesen quedado las otras dos personas entrevistadas.
Novena. Criterios de valoración.
La valoración de los méritos en la Fase II del procedimiento se realizará de acuerdo
con el siguiente baremo:
a) Sobre la formación: (hasta 6 puntos, más 1 punto adicional si se da formación
reglada en especialidad administrativa).
Se valorará en este apartado la formación reglada según consta en el apartado
«Titulación» y toda aquella formación que a juicio de la Comisión de Selección pueda
aportar elementos que ayuden al desarrollo de las tareas que se le va a encomendar
–labores de apoyo a funciones de personal subalterno y administrativo.
A modo de ejemplo se tendrán en cuenta la formación en tareas administrativas en general,
ofimática, internet a nivel de usuario, manejo de fotocopiadoras, clasificación de documentos, etc.
Asignación de la puntuación en función de tipo de formación:
• Titulación: Se puntúa solo la titulación más valorada y el punto adicional por
especialidad administrativa (hasta 3 puntos, más 1 punto adicional si se da formación
reglada en especialidad administrativa).
• Certificado de escolaridad: 1 punto.
• Programa de garantía social (PGS), programa de cualificación profesional inicial
(PCPI), programa de transición de la vida adulta y laboral (PTVAL), o haber superado la
prueba de acceso a formación profesional básica: 1,5 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269934
Fase V. Resolución de concesión de beca.
En atención a la propuesta realizada por la Comisión de Selección, el Defensor del
Pueblo Andaluz resolverá la concesión de la beca.
Para ello podrá, si lo estima pertinente, realizar alguna entrevista adicional a las
personas candidatas. En todo caso podrá apartarse del criterio de la Comisión de
Selección, motivando tal decisión.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 205 - Martes, 25 de octubre de 2022
página 16676/5
Tras ello, se publicará en el sitio web de la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz
(https://www.defensordelpuebloandaluz.es/contratacion/becas) una relación ordenada en
base a la puntuación obtenida por aquellas personas cuyas solicitudes hubiesen sido
admitidas. La misma aparecerá igualmente disociada conforme a los criterios señalados
en el punto 1 anterior.
Fase III. Entrevista con la Comisión de Selección.
Concluida la Fase II, la Comisión de Selección convocará a las tres personas
que hubiesen obtenido mayor puntuación en la fase de valoración de méritos para la
realización de una entrevista personal.
En el supuesto en que se produjese algún desistimiento, se llamará a la persona
siguiente con mayor puntuación.
El acceso a esta fase de entrevista se hará en igualdad de condiciones, de tal manera
que la propuesta de concesión de la beca se dirigirá a la persona que obtenga mejor
resultado en esta fase de entrevista.
La entrevista consistirá en preguntas sobre aspectos relativos a habilidades
personales, laborales y sociales, e irá orientada a evaluar el potencial aprovechamiento
que la persona solicitante pudiera hacer de la beca, atendiendo al propósito de esta.
Con anterioridad a la entrevista, y siempre que se hubiese consentido, la Comisión de
Selección podrá interesar a la entidad, asociación o fundación que hubiese sido indicada
en la solicitud de concesión de beca, la evacuación de informe sobre la persona interesada.
Fase IV. Propuesta de concesión de la beca.
Tras la realización de las entrevistas, la Comisión de Selección elevará al Defensor
del Pueblo Andaluz una propuesta de concesión de beca.
La misma recaerá en aquella persona que, a juicio de la Comisión de Selección,
presente un mayor potencial de aprovechamiento, indicándose en todo caso el orden en
que hubiesen quedado las otras dos personas entrevistadas.
Novena. Criterios de valoración.
La valoración de los méritos en la Fase II del procedimiento se realizará de acuerdo
con el siguiente baremo:
a) Sobre la formación: (hasta 6 puntos, más 1 punto adicional si se da formación
reglada en especialidad administrativa).
Se valorará en este apartado la formación reglada según consta en el apartado
«Titulación» y toda aquella formación que a juicio de la Comisión de Selección pueda
aportar elementos que ayuden al desarrollo de las tareas que se le va a encomendar
–labores de apoyo a funciones de personal subalterno y administrativo.
A modo de ejemplo se tendrán en cuenta la formación en tareas administrativas en general,
ofimática, internet a nivel de usuario, manejo de fotocopiadoras, clasificación de documentos, etc.
Asignación de la puntuación en función de tipo de formación:
• Titulación: Se puntúa solo la titulación más valorada y el punto adicional por
especialidad administrativa (hasta 3 puntos, más 1 punto adicional si se da formación
reglada en especialidad administrativa).
• Certificado de escolaridad: 1 punto.
• Programa de garantía social (PGS), programa de cualificación profesional inicial
(PCPI), programa de transición de la vida adulta y laboral (PTVAL), o haber superado la
prueba de acceso a formación profesional básica: 1,5 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269934
Fase V. Resolución de concesión de beca.
En atención a la propuesta realizada por la Comisión de Selección, el Defensor del
Pueblo Andaluz resolverá la concesión de la beca.
Para ello podrá, si lo estima pertinente, realizar alguna entrevista adicional a las
personas candidatas. En todo caso podrá apartarse del criterio de la Comisión de
Selección, motivando tal decisión.