Autoridades y personal. Universidades. (2022/204-34)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación laboral indefinida prevista en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y se convocan a concurso público contratos de actividades científico-técnicas indefinidos para la realización de un proyecto de investigación. (Rf.ª: 31/22).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Lunes, 24 de octubre de 2022
página 16612/7
- Un miembro propuesto por el órgano de representación de personal de la
Universidad.
- La Directora del Área de Investigación que actuará como Secretaria, con voz, pero
sin voto; en caso de ausencia le sustituirá una persona funcionaria de ese Área.
11.2. Las Comisiones podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personas
asesoras especialistas. Estas personas asesoras colaborarán exclusivamente en el
ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como
especialistas:
- El/la Investigador/a responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de
Investigación objeto del contrato.
- Un/a Doctor/a propuesto/a por el/la Investigador/a Principal, con experiencia en la
investigación a realizar por las personas contratadas.
12. Actas.
El/la Secretario/a levantará acta de la sesión de cada Comisión Evaluadora y
recogerá, explícitamente, el orden priorizado de las personas solicitantes a efectos de su
posible sustitución en caso de renuncias o reclamaciones.
13. Propuesta de contratación.
Efectuada la selección de la/s persona/s candidata/s, se elevará la propuesta de
contratación al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide.
14. Finalización del procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección finalizará con la publicación en el Tablón Electrónico
Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de la Resolución Rectoral en la que se
adjudique el contrato o contratos ofertados o se declare la no-provisión de todos o
algunos de ellos, por no reunir las personas candidatas las condiciones del perfil y/o los
requisitos mínimos solicitado en la convocatoria, o por no existir solicitudes válidas.
15. Incompatibilidades.
Para la formalización del contrato, la persona contratada deberá formular declaración de
no poseer o ejercer, en el momento de su contratación, empleo público o privado incompatible
con las funciones a desempeñar. La comprobación, en cualquier momento, por parte de
la Universidad Pablo de Olavide de la existencia de una actividad incompatible según la
normativa de aplicación, supondrá la inmediata rescisión del contrato de trabajo adjudicado.
ANEXO II
1. Proceso selectivo de referencia CTC2228.
1.1. Número de contratos: 1.
1.2. Referencia de la convocatoria: CTC2228.
1.3. Objeto del contrato: Desarrollo de actividades científico-técnicas para la realización
del Proyecto de Investigación denominado «Research for Control and Decision-Making in
Socially Intelligent Machines».
«Al amparo del contrato suscrito entre Honda Research Institute Japan Co. Ltd y la
Universidad Pablo de Olavide, de 1 de marzo de 2019.»
La contratación se realiza con cargo al crédito presupuestario: 2010362003 541A
6450121 (número de expediente económico 2022/0004524) de la Universidad Pablo de
Olavide.
1.4. Línea de investigación: Control y toma de decisiones en robots sociales.
1.5. Investigador principal: Don Luis Merino Cabañas.
1.6. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en la base común
número 10 del Anexo I de esta resolución, con la siguiente especificidad:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269881
PROCESOS SELECTIVOS Y CONDICIONES PARTICULARES
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Lunes, 24 de octubre de 2022
página 16612/7
- Un miembro propuesto por el órgano de representación de personal de la
Universidad.
- La Directora del Área de Investigación que actuará como Secretaria, con voz, pero
sin voto; en caso de ausencia le sustituirá una persona funcionaria de ese Área.
11.2. Las Comisiones podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personas
asesoras especialistas. Estas personas asesoras colaborarán exclusivamente en el
ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como
especialistas:
- El/la Investigador/a responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de
Investigación objeto del contrato.
- Un/a Doctor/a propuesto/a por el/la Investigador/a Principal, con experiencia en la
investigación a realizar por las personas contratadas.
12. Actas.
El/la Secretario/a levantará acta de la sesión de cada Comisión Evaluadora y
recogerá, explícitamente, el orden priorizado de las personas solicitantes a efectos de su
posible sustitución en caso de renuncias o reclamaciones.
13. Propuesta de contratación.
Efectuada la selección de la/s persona/s candidata/s, se elevará la propuesta de
contratación al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide.
14. Finalización del procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección finalizará con la publicación en el Tablón Electrónico
Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de la Resolución Rectoral en la que se
adjudique el contrato o contratos ofertados o se declare la no-provisión de todos o
algunos de ellos, por no reunir las personas candidatas las condiciones del perfil y/o los
requisitos mínimos solicitado en la convocatoria, o por no existir solicitudes válidas.
15. Incompatibilidades.
Para la formalización del contrato, la persona contratada deberá formular declaración de
no poseer o ejercer, en el momento de su contratación, empleo público o privado incompatible
con las funciones a desempeñar. La comprobación, en cualquier momento, por parte de
la Universidad Pablo de Olavide de la existencia de una actividad incompatible según la
normativa de aplicación, supondrá la inmediata rescisión del contrato de trabajo adjudicado.
ANEXO II
1. Proceso selectivo de referencia CTC2228.
1.1. Número de contratos: 1.
1.2. Referencia de la convocatoria: CTC2228.
1.3. Objeto del contrato: Desarrollo de actividades científico-técnicas para la realización
del Proyecto de Investigación denominado «Research for Control and Decision-Making in
Socially Intelligent Machines».
«Al amparo del contrato suscrito entre Honda Research Institute Japan Co. Ltd y la
Universidad Pablo de Olavide, de 1 de marzo de 2019.»
La contratación se realiza con cargo al crédito presupuestario: 2010362003 541A
6450121 (número de expediente económico 2022/0004524) de la Universidad Pablo de
Olavide.
1.4. Línea de investigación: Control y toma de decisiones en robots sociales.
1.5. Investigador principal: Don Luis Merino Cabañas.
1.6. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en la base común
número 10 del Anexo I de esta resolución, con la siguiente especificidad:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269881
PROCESOS SELECTIVOS Y CONDICIONES PARTICULARES