Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/204-3)
Orden de 18 de octubre de 2022, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades Locales Andaluzas para el desarrollo de programas dirigidos a la Comunidad Gitana (Línea 4), convocadas mediante Orden de 18 de abril de 2022, en el ámbito de las competencias de esta Consejería para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Lunes, 24 de octubre de 2022

página 16600/2

objeto de incrementar la dotación presupuestaria destinada a las solicitudes que reúnan
los requisitos exigidos en la normativa aplicable.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 161/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad, en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4
de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en el dispositivo vigésimo
de la Orden de 18 de abril de 2022 y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de
21 de julio,
DISPONGO
Primero. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión de las
ayudas y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible
por una cuantía adicional de 189.249,00 euros en la Línea 4, en los importes que a
continuación se detallan, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario
2022, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación
de solicitudes, ni de publicación de la resolución correspondiente.
DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS

INCREMENTO
DE CRÉDITO
(en euros)

Línea 4. Subvenciones destinadas a
Entidades Locales Andaluzas para
el desarrollo de programas dirigidos
a la Comunidad Gitana.

1600180000 G/31G/46002/00 S0083

189.249,00

Quedando de esta forma destinada una cuantía máxima de la siguiente forma:
DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS

CUANTÍA MÁXIMA
(en euros)

Línea 4. Subvenciones destinadas a
Entidades Locales Andaluzas para
el desarrollo de programas dirigidos
a la Comunidad Gitana.

1600010000 G/31G/46502/00 01
1600180000 G/31G/46002/00 S0083

260.000,00
760.800,00
Total: 1.020.800,00

Segundo. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de octubre de 2022
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO

00269864

Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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