Autoridades y personal. Universidades. (2022/201-25)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de plaza de Profesor Contratado Doctor.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 201 - Miércoles, 19 de octubre de 2022

página 16346/2

3. Solicitudes y documentación.
3.1. Los interesados en tomar parte en el concurso deberán presentar una solicitud,
por cada plaza solicitada, en el modelo oficial, según Anexo II de esta convocatoria,
que se encuentra disponible en el Servicio de Personal Docente e Investigador de esta
Universidad (Pabellón de Gobierno, 1.ª planta, Campus de El Ejido) y en su página web:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador (enlace del menú «Concursos plazas PDI»).
3.2. Las solicitudes, dirigidas al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Málaga, se
presentarán en el Registro Único de esta Universidad, bien a través de su Sede Electrónica
https://sede.uma.es/, o en la dependencia ubicada en el Pabellón de Gobierno (Campus
de El Ejido) o en la ubicada en el Aulario Severo Ochoa (Campus de Teatinos), o por
cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Dirección
oficial: Jefatura de Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de
Málaga, Pabellón de Gobierno, Campus de El Ejido, 29071 Málaga). Las solicitudes que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269615

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/84, de 26 diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de
incompatibilidades.
e) Estar en posesión de los títulos universitarios específicos requeridos. Cuando los
títulos hayan sido obtenidos en el extranjero, deberán estar homologados por el Ministerio
con competencias en materia de educación u Organismo que tuviera reconocida
dicha competencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán
estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la certificación
de equivalencia a titulación y nivel académico universitario oficial en España, o del
reconocimiento profesional del título para poder ejercer como Profesor de Universidad.
f) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
g) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.
2.2. De carácter específico.
a) Estar en posesión del título de Licenciado o Graduado.
b) Estar en posesión del Título de Doctor.
c) Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional
de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ANECA, o de la Dirección de Evaluación y
Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, DEVA (antigua Agencia Andaluza
de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria) para la figura del Profesor
Contratado Doctor.
2.3. Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los concursantes deberán
haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse durante la vigencia del contrato.