Disposiciones generales. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/201-2)
Extracto de la Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos que realiza el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo o la formación práctica en la Formación Profesional dual en el curso académico 2021/2022.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Provincia
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
Número 201 - Miércoles, 19 de octubre de 2022
página 16318/2
Líneas de ayudas
Línea 1: Formación en Centros de Trabajo
Línea 2: Formación Profesional dual
1200030000 G/42D/48500/21 01
1200030000 G/42D/48500/21 01
1200030000 G/42D/48500/23 01
1200030000 G/42D/48500/23 01
1200030000 G/42D/48500/29 01
1200030000 G/42D/48500/29 01
1200030000 G/42D/48500/41 01
1200030000 G/42D/48500/41 01
2. La cuantía total máxima disponible en el marco de la presente convocatoria es
de 1.000.000 euros para la línea de subvención 1 y de 500.000 euros para la línea de
subvención 2, quedando la cantidad total final a distribuir sujeta al número de alumnado
que finalmente solicite la ayuda y cumpla con los requisitos necesarios para ser
beneficiario de esta.
3. Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 5.b) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para cada una de las líneas de subvención, se establece la distribución
inicial de las cantidades a repartir por provincia en función del número de alumnado
matriculado en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, en cada uno
de los periodos contemplados para su realización en el caso de la línea de subvención
1, y en función del número de alumnas y alumnos matriculados en un proyecto de
Formación Profesional dual, tanto de primer como de segundo curso, en el caso de la
línea de subvención 2.
Línea de subvención 1: Formación en Centros de Trabajo
Almería
1.er y 2.º trimestres
(cuantía en euros)
Núm. de personas
matriculadas 1.er y 2.º
trimestres
3.er trimestre (cuantía
en euros)
Núm. de personas
matriculadas 3.er
trimestre
TOTAL CUANTÍA
POR PROVINCIA
EN EUROS
Cádiz
Córdoba Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
5.184
14.378
9.945
10.562
4.857
4.722
16.054
18.444
269
746
516
548
252
245
833
957
67.359
148.942
93.802
102.552
61.250
66.202
137.802
237.945
3.495
7.728
4.867
5.321
3.178
3.435
7.150
12.346
72.543
163.320
103.747
113.114
66.107
70.924
153.856
256.389
Jaén
Málaga
Sevilla
Almería
Núm. de personas
matriculadas
TOTAL CUANTÍA
POR PROVINCIA
EN EUROS
Cádiz
Córdoba Granada
Huelva
559
1.777
1.449
1.294
761
707
1.442
2.510
26.621
84.627
69.007
61.625
36.242
33.670
68.673
119.535
4. Una vez conocido el número de solicitantes y posibles beneficiarios de la ayuda,
las cantidades a repartir por provincia podrán ajustarse, sin exceder la cuantía máxima
destinada a cada línea de subvención. Todo ello con objeto de cumplir con el principio de
eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, establecido en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera,
según el cual la gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la
eficiencia, la economía y la calidad, a cuyo fin se aplicarán políticas de racionalización
del gasto y de mejora de la gestión del sector público, así como atendiendo al artículo 19
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269589
Línea de subvención 2: FP Dual
BOJA
Provincia
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
Número 201 - Miércoles, 19 de octubre de 2022
página 16318/2
Líneas de ayudas
Línea 1: Formación en Centros de Trabajo
Línea 2: Formación Profesional dual
1200030000 G/42D/48500/21 01
1200030000 G/42D/48500/21 01
1200030000 G/42D/48500/23 01
1200030000 G/42D/48500/23 01
1200030000 G/42D/48500/29 01
1200030000 G/42D/48500/29 01
1200030000 G/42D/48500/41 01
1200030000 G/42D/48500/41 01
2. La cuantía total máxima disponible en el marco de la presente convocatoria es
de 1.000.000 euros para la línea de subvención 1 y de 500.000 euros para la línea de
subvención 2, quedando la cantidad total final a distribuir sujeta al número de alumnado
que finalmente solicite la ayuda y cumpla con los requisitos necesarios para ser
beneficiario de esta.
3. Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 5.b) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para cada una de las líneas de subvención, se establece la distribución
inicial de las cantidades a repartir por provincia en función del número de alumnado
matriculado en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, en cada uno
de los periodos contemplados para su realización en el caso de la línea de subvención
1, y en función del número de alumnas y alumnos matriculados en un proyecto de
Formación Profesional dual, tanto de primer como de segundo curso, en el caso de la
línea de subvención 2.
Línea de subvención 1: Formación en Centros de Trabajo
Almería
1.er y 2.º trimestres
(cuantía en euros)
Núm. de personas
matriculadas 1.er y 2.º
trimestres
3.er trimestre (cuantía
en euros)
Núm. de personas
matriculadas 3.er
trimestre
TOTAL CUANTÍA
POR PROVINCIA
EN EUROS
Cádiz
Córdoba Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
5.184
14.378
9.945
10.562
4.857
4.722
16.054
18.444
269
746
516
548
252
245
833
957
67.359
148.942
93.802
102.552
61.250
66.202
137.802
237.945
3.495
7.728
4.867
5.321
3.178
3.435
7.150
12.346
72.543
163.320
103.747
113.114
66.107
70.924
153.856
256.389
Jaén
Málaga
Sevilla
Almería
Núm. de personas
matriculadas
TOTAL CUANTÍA
POR PROVINCIA
EN EUROS
Cádiz
Córdoba Granada
Huelva
559
1.777
1.449
1.294
761
707
1.442
2.510
26.621
84.627
69.007
61.625
36.242
33.670
68.673
119.535
4. Una vez conocido el número de solicitantes y posibles beneficiarios de la ayuda,
las cantidades a repartir por provincia podrán ajustarse, sin exceder la cuantía máxima
destinada a cada línea de subvención. Todo ello con objeto de cumplir con el principio de
eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, establecido en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera,
según el cual la gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la
eficiencia, la economía y la calidad, a cuyo fin se aplicarán políticas de racionalización
del gasto y de mejora de la gestión del sector público, así como atendiendo al artículo 19
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269589
Línea de subvención 2: FP Dual