3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Consumo. (2022/200-53)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se avocan las competencias delegadas en el titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada y en el titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba, que se mencionan en el resuelvo y delegar dichas competencias en el titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario de Jaén.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022
página 16214/3
Dicho régimen de atribución de competencias puede llevarse a la práctica en la fase
de ejecución del contrato, pero no en la de su formalización y ni en las que le preceden en
la tramitación del procedimiento. En todas estas fases la competencia debe ser ejercida
por un único órgano, que debe encargarse de la instrucción del procedimiento electrónico
a través de la aplicación SIREC.
Siendo por ello necesario atribuir la competencia para tramitar estos procedimientos
hasta la formalización del contrato a un solo órgano, conviene seguir el mismo criterio que
la Resolución de 6 de abril de 2022 utiliza para delegar la competencia en los expedientes
cuya configuración no divide el objeto en lotes.
Por cuanto antecede, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la
Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, artículo 12.1, apartado h), del Decreto
156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Salud y Consumo y del Servicio Andaluz de Salud, la Resolución de 30 de junio de 2022,
del Viceconsejero de Salud y Familias, por la que se establece de régimen de suplencia de
las personas titulares de diversos de la Consejería de Salud y Familias y de conformidad
con lo dispuesto por el 101 y 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Avocar las competencias delegadas en el titular de la Dirección Gerencia del
Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada para la tramitación del expediente
y la formalización del contrato del lote 2, HAR de Alcalá la Real, del procedimiento de
contratación PA53/APESHAG-17/21, Suministro de Gas Natural para el Hospital Alto
Guadalquivir de Andújar y Hospital de Alta Resolución de Alcalá la Real pertenecientes a
la extinta Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir.
Segundo. Avocar las competencias delegadas en el titular de la Dirección Gerencia
del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba para la tramitación del expediente y
la formalización del contrato del lote 4, HAR de Montilla y HAR de Puente Genil, del
procedimiento de contratación PA52/APESHAG-123458/21, Servicio de estudios
diagnósticos mediante resonancia magnética (RM) para pacientes de los Hospitales de la
extinta Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir.
Tercero. Delegar en el titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario de
Jaén la competencia para la tramitación del expediente y la formalización del contrato del
lote 2, HAR de Alcalá la Real, del procedimiento de contratación PA53/APESHAG-17/21,
Suministro de Gas Natural para el Hospital Alto Guadalquivir de Andújar y Hospital
de Alta Resolución de Alcalá la Real pertenecientes a la Agencia Pública Empresarial
Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir y del lote 4, HAR de Montilla y HAR de Puente Genil,
del procedimiento de contratación PA52/APESHAG-123458/21, Servicio de estudios
diagnósticos mediante resonancia magnética (RM) para pacientes de los Hospitales de la
Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir.
Cuarto. La presente resolución tendrá efectividad el mismo día de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00269495
Sevilla, 7 de septiembre de 2022.- El Director Gerente, Diego Agustín Vargas Ortega.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022
página 16214/3
Dicho régimen de atribución de competencias puede llevarse a la práctica en la fase
de ejecución del contrato, pero no en la de su formalización y ni en las que le preceden en
la tramitación del procedimiento. En todas estas fases la competencia debe ser ejercida
por un único órgano, que debe encargarse de la instrucción del procedimiento electrónico
a través de la aplicación SIREC.
Siendo por ello necesario atribuir la competencia para tramitar estos procedimientos
hasta la formalización del contrato a un solo órgano, conviene seguir el mismo criterio que
la Resolución de 6 de abril de 2022 utiliza para delegar la competencia en los expedientes
cuya configuración no divide el objeto en lotes.
Por cuanto antecede, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la
Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, artículo 12.1, apartado h), del Decreto
156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Salud y Consumo y del Servicio Andaluz de Salud, la Resolución de 30 de junio de 2022,
del Viceconsejero de Salud y Familias, por la que se establece de régimen de suplencia de
las personas titulares de diversos de la Consejería de Salud y Familias y de conformidad
con lo dispuesto por el 101 y 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Avocar las competencias delegadas en el titular de la Dirección Gerencia del
Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada para la tramitación del expediente
y la formalización del contrato del lote 2, HAR de Alcalá la Real, del procedimiento de
contratación PA53/APESHAG-17/21, Suministro de Gas Natural para el Hospital Alto
Guadalquivir de Andújar y Hospital de Alta Resolución de Alcalá la Real pertenecientes a
la extinta Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir.
Segundo. Avocar las competencias delegadas en el titular de la Dirección Gerencia
del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba para la tramitación del expediente y
la formalización del contrato del lote 4, HAR de Montilla y HAR de Puente Genil, del
procedimiento de contratación PA52/APESHAG-123458/21, Servicio de estudios
diagnósticos mediante resonancia magnética (RM) para pacientes de los Hospitales de la
extinta Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir.
Tercero. Delegar en el titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario de
Jaén la competencia para la tramitación del expediente y la formalización del contrato del
lote 2, HAR de Alcalá la Real, del procedimiento de contratación PA53/APESHAG-17/21,
Suministro de Gas Natural para el Hospital Alto Guadalquivir de Andújar y Hospital
de Alta Resolución de Alcalá la Real pertenecientes a la Agencia Pública Empresarial
Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir y del lote 4, HAR de Montilla y HAR de Puente Genil,
del procedimiento de contratación PA52/APESHAG-123458/21, Servicio de estudios
diagnósticos mediante resonancia magnética (RM) para pacientes de los Hospitales de la
Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir.
Cuarto. La presente resolución tendrá efectividad el mismo día de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00269495
Sevilla, 7 de septiembre de 2022.- El Director Gerente, Diego Agustín Vargas Ortega.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja