Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/200-44)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo III del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022

página 16229/2

Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Estar vinculada la persona a la Administración de la Junta de Andalucía por una
relación jurídica de naturaleza laboral, de carácter fijo o fijo discontinuo, incluida en el
ámbito de aplicación del vigente Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la
Junta de Andalucía.
b) Acreditar una permanencia mínima de un año en la misma categoría profesional
con el carácter de fijo desde la que se pretende la promoción.
c) Según la categoría profesional a que se opte y de conformidad con lo establecido
en el sistema de clasificación profesional vigente en el ámbito del Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, deberá acreditarse estar
en posesión de la titulación académica que se detalla:
- Analista de Laboratorio: Técnico Superior en Laboratorio de Análisis y Control de
Calidad, Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Técnico Superior en
Análisis y Control, Técnico Superior en Salud Ambiental, Técnico Superior en Química
Ambiental o Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citología o Certificados de
Profesionalidad Análisis Químico (QUILO108), Análisis Biotecnológico (QUIA0111); o
Ensayos Físicos y Fisicoquímicos (QUIA0108).
-Conductor/a Mecánico de Primera: Titulación académica del nivel requerido
(Bachiller o Formación Profesional de Grado Superior) o formación laboral equivalente,
o prestación de servicios mediante contratos de trabajo por un período mínimo de tres
meses en una categoría profesional con funciones análogas a las establecidas en el
VI Convenio Colectivo, para ejercer las funciones descritas en las categorías que integran
este Grupo. Se entenderá que se está en posesión de la formación laboral equivalente
cuando se hubiese demostrado experiencia profesional específica en la categoría
profesional concreta de al menos tres meses, o superado curso de formación profesional
directamente relacionado con dicha categoría, impartido por centro oficial reconocido
para dicho cometido, con una duración efectiva de al menos 300 horas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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2. Del total de plazas convocadas se reservará el cupo especificado en el Anexo I
para ser cubiertas entre personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto
en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley general de derechos de
las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobada por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en
el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y Atención a las
Personas con Discapacidad. En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para
el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de
las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del turno
general de la presente convocatoria.
3. En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo
su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso
general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general, de
acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 4 del Decreto 93/2006, de 9 de
mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de
trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General
de la Junta de Andalucía.
4. La presente convocatoria se somete a lo establecido en materia de selección de
personal laboral en el Capítulo V de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre y en el vigente
VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.