Autoridades y personal. Universidades. (2022/200-48)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022

página 16205/2

3. Solicitudes y documentación.
3.1. La solicitud para participar en estas pruebas selectivas se ajustará al modelo que
se adjunta como Anexo II a la presente convocatoria, disponible en el Servicio de Personal
Docente e Investigador de esta Universidad (Pabellón de Gobierno, 1.ª planta, Campus
de El Ejido), y en su página web: http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador
(Enlace del menú «Concursos plazas PDI»).
3.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Málaga,
en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de
esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y se presentarán en el Registro Único
de esta Universidad, bien a través de su Sede Electrónica https://sede.uma.es/, o en la
dependencia ubicada en el Pabellón de Gobierno (Campus de El Ejido) o en la situada en
el Aulario Severo Ochoa (Campus de Teatinos), o por cualquiera de los procedimientos
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (dirección oficial: Jefatura de
Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga, Pabellón de
Gobierno, Campus de El Ejido, 29071 Málaga).
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en
sobre abierto para que el empleado de Correos pueda estampar en ellas el sello de
fechas antes de su certificación.
Si la solicitud se presentase en un Registro Público diferente al Registro de la
Universidad de Málaga o en una oficina de Correos, el candidato deberá enviar un correo
electrónico, en el mismo día que la haya cursado, haciéndolo constar a la dirección
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de la
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa para el empleo público.
d) No haber sido separado del servicio ni inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas o ejercer cargos o funciones declarados incompatibles con la docencia. Los
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la Función Pública.
e) Tener un adecuado conocimiento de la lengua castellana. Dicho requisito deberá
ser acreditado a lo largo del proceso selectivo, para lo cual la Comisión de Selección
correspondiente podrá establecer pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.
2.2. Requisito específico.
Estar habilitado o acreditado para el cuerpo y área o rama de conocimiento de la
plaza convocada, conforme a las previsiones contenidas en el Real Decreto 774/2002,
de 26 de julio, o en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, respectivamente. Así
mismo, podrán presentarse los funcionarios y funcionarias de los Cuerpos de Profesores
Titulares de Universidad y de Catedráticos de Universidad, siempre que cumplan la
condición establecida en el artículo 65.2 de la LOU y en el artículo 9.4 del Real Decreto
1313/2007, es decir, los que habiendo obtenido una plaza tras un concurso de acceso a
cuerpos docentes universitarios la hubieran desempeñado, al menos, durante dos años.
Igualmente, podrá presentarse los profesores de universidades de Estados miembros de
la Unión Europea que haya alcanzado una posición equivalente a la de Profesor Titular
de Universidad, de acuerdo con la certificación emitida por la Agencia Nacional de
Evaluación y Acreditación.
2.3. Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de su toma de posesión como funcionarios de carrera.