Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/200-20)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación para la provisión de puestos de trabajo vacantes.
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DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
ANEXO II y III

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN
NúmeroPROFESIONAL
200 - Martes,
ORGANISMO: D.G. DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

1.2. Por cada año como personal funcionario de carrera en
situación de provisionalidad. ..............................................
La fracción de año se computará a razón de 0,1666
puntos por cada mes completo.

2,0000 puntos

Cuando este personal participe por primera vez con carácter
voluntario desde su primer destino definitivo obtenido por
concurso, a la puntuación correspondiente al subarpartado
1.1. se le sumará la obtenida por este subapartado.

18 de octubreHoja
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Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente o título
administrativo o credencial con diligencias de
las distintas posesiones y ceses que haya
tenido desde su nombramiento como
funcionaria o funcionario de carrera o en su
caso, de los correspondientes documentos de
inscripción en los Registros de Personal.

1.3. Antigüedad en el Cuerpo.
1.3.1. Por cada año de servicios efectivos prestados en
situación de servicio activo como personal funcionario de
carrera en el Cuerpo de Inspectores al Servicio de la
Administración Educativa o en el Cuerpo de Inspectores de
Educación: ........................................................................

2,0000 puntos

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,1666
puntos por cada mes completo.
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente o título
administrativo o credencial con diligencias de
las distintas posesiones y ceses que haya
tenido desde su nombramiento como
funcionaria o funcionario de carrera o en su
caso, de los correspondientes documentos de
inscripción en los Registros de Personal.

A los efectos de determinar la antigüedad en estos cuerpos
se reconocerán los servicios efectivos prestados como
personal funcionario de carrera en los cuerpos de
Inspectores de procedencia y los prestados desde la fecha
de acceso como docentes a la función inspectora de
conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública.
1.3.2. Por cada año de servicios efectivos prestados en
situación de servicio activo como personal funcionario de
carrera, en prácticas o interino, en otros cuerpos docentes a
los
que
se
refiere
la
LOE: ..................................................................................

1,0000 punto

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,0833
puntos por cada mes completo.

00269564

Los servicios aludidos en el subapartado 1.3.2 no serán tenidos en cuenta en los años en que fueran simultáneos con los servicios de
los subapartados 1.1. o 1.2.
A los efectos previstos en los subapartados 1.1, 1.2, 1.3.1. y 1.3.2., serán computados los servicios que se hubieran prestado en la
situación de servicios especiales, expresamente declarados como tales en los apartados previstos en el artículo 87 del Texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TRLEBEP) aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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