3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/200-51)
Orden de 28 de septiembre de 2022, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado extranjero «Educomontessori International School» de Bormujos (Sevilla), autorizado conforme al sistema educativo de los Estados Unidos de América para alumnado español y extranjero. (PP. 2414/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022
página 15997/2
DISPONGO
Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa al centro
docente privado extranjero «Educomontessori International School», código 41022772
y domicilio en C/ Severo Ochoa, núm. 44, de Bormujos (Sevilla), del que es titular la
entidad Educomontessori, Sociedad Cooperativa Andaluza, por la ampliación de los
puestos escolares en la etapa equivalente a la de educación primaria, resultando, como
consecuencia de ello, con la siguiente configuración de enseñanzas para un total de 75
puestos escolares:
- Pre-School Section «Educación Infantil» (3 a 6 años): 35 puestos escolares.
- Elementary Section «Educación Primaria» (6 a 12 años): 40 puestos escolares.
Segundo. El centro deberá complementar las enseñanzas autorizadas con
enseñanzas de lengua y cultura españolas.
Tercero. La enseñanza de lengua española deberá impartirse con el mismo diseño
y horario establecidos en la normativa vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía
por la que se regulan las enseñanzas correspondientes a la educación primaria.
Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las
áreas de Ciencias de la naturaleza y de Ciencias sociales recogidos en la normativa
anteriormente citada.
Cuarto. La autorización a la que hace referencia el apartado primero de esta Orden
tendrá validez hasta el 31 de agosto de 2023. A partir de esta fecha, la autorización
dependerá de una nueva inspección de la New England Association of Schools &
Colleges, Inc. Commission on International Education (NEAS&C).
Quinto. Lo dispuesto en la presente orden dará lugar a las correspondientes
inscripciones en el Registro de Centros Docentes, de conformidad con lo dispuesto en
el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros
Docentes.
Sexto. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar
la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que se señalan
en la misma.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269264
Sevilla, 28 de septiembre de 2022
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022
página 15997/2
DISPONGO
Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa al centro
docente privado extranjero «Educomontessori International School», código 41022772
y domicilio en C/ Severo Ochoa, núm. 44, de Bormujos (Sevilla), del que es titular la
entidad Educomontessori, Sociedad Cooperativa Andaluza, por la ampliación de los
puestos escolares en la etapa equivalente a la de educación primaria, resultando, como
consecuencia de ello, con la siguiente configuración de enseñanzas para un total de 75
puestos escolares:
- Pre-School Section «Educación Infantil» (3 a 6 años): 35 puestos escolares.
- Elementary Section «Educación Primaria» (6 a 12 años): 40 puestos escolares.
Segundo. El centro deberá complementar las enseñanzas autorizadas con
enseñanzas de lengua y cultura españolas.
Tercero. La enseñanza de lengua española deberá impartirse con el mismo diseño
y horario establecidos en la normativa vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía
por la que se regulan las enseñanzas correspondientes a la educación primaria.
Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las
áreas de Ciencias de la naturaleza y de Ciencias sociales recogidos en la normativa
anteriormente citada.
Cuarto. La autorización a la que hace referencia el apartado primero de esta Orden
tendrá validez hasta el 31 de agosto de 2023. A partir de esta fecha, la autorización
dependerá de una nueva inspección de la New England Association of Schools &
Colleges, Inc. Commission on International Education (NEAS&C).
Quinto. Lo dispuesto en la presente orden dará lugar a las correspondientes
inscripciones en el Registro de Centros Docentes, de conformidad con lo dispuesto en
el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros
Docentes.
Sexto. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar
la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que se señalan
en la misma.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269264
Sevilla, 28 de septiembre de 2022